16 El expediente técnico de máquinas Sergio Serrano Tomás y Benjamín Bentura Aznárez Departamento Técnico de la Asociación Española de Fabricantes de Maquinaria de Construcción, Obras Públicas y Minería (Anmopyc) La Directiva 2006/42/CE de máquinas dispone que el fabricante de una máquina, antes de su comercialización o puesta en servicio, deberá elaborar un expediente técnico. Este expediente técnico es el medio que permite al fabricante demostrar la conformidad de su máquina con los requisitos esenciales de seguridad y salud de la directiva. Por otra parte, el expediente también sirve para facilitar a las autoridades de vigilancia de mercado la comprobación de la conformidad de una máquina una vez comercializada. El presente artículo tiene por objeto proporcionar a los fabricantes de maquinaria para construcción la información necesaria para poder elaborar un expediente técnico que cumpla los requisitos establecidos por la Directiva 2006/42/CE. anmopyc