FICHAS TÉCNICAS 23 - Trituradores de hormigón y martillos picadores de mano; - Grupos electrógenos (< 400 kW); - Generadores de energía hidráulica; - Motocompresores (< 350 kW); - Motosoldadoras. Maquinaria agrícola y de jardinería - Motoazadas (< 3 kW); - Cortadoras de césped (con exclusión de las máquinas agrícolas y forestales, así como los dispositivos poliva- lentes cuyo principal componente motorizado tiene una potencia instalada superior a 20 kW); - Máquinas para el acabado del césped/recortadoras de césped. El nivel de potencia acústica garantizado para estos 22 tipos de máquinas no deberá superar nunca el nivel admisible de potencia acústica correspondiente establecido en el artículo 12. En caso contrario, esa máquina no se podrá comerciali- zar en la Unión Europea. En la siguiente tabla se muestran los valores límites sonoros correspondientes a las Fases I y II para las máquinas sujetas a límites de potencia acústica. Potencia neta instalada P (en kW) Potencia eléctrica Pel (en kW) Masa del aparato m (en kg) Anchura de corte L (en cm) Niveles de potencia acústica admisibles en dB/1 p Tipo de máquinas Máquinas compactadoras (rodillos vibrantes, planchas y pi- sones vibrantes) Tractores, cargadoras y retrocargadoras sobre orugas Tractores, cargadoras y retrocargadoras sobre ruedas, dúmperes, motoniveladoras, compactadores de basuras tipo cargadoras, máquinas compactadoras (rodillos no vi- brantes), extendedoras, carretillas elevadoras en voladizo accionadas por motor de combustión, grúas móviles, ge- neradores de energía hidráulica Excavadoras, elevadores de obras de construcción para cargas, cabestrantes de construcción, motoazadas Grúas torre Motocompresores Grupos electrógenos y motosoldadora Trituradores de hormigón y martillos picadores de mano Cortadoras de césped, máquinas para el acabado del cés- ped y recortadoras de césped Fase I a partir del 03/01/2002 Fase II a partir del 03/01/2006 P ≤ 8 108 105 (a) 8 < P ≤ 70 109 106 (a) P > 70 89 + 11 lg P 86 + 11 lg P (a) P≤55 106 103 (a) P > 55 87 + 11 lg P 84 + 11 lg P(a) P≤55 P > 55 104 85 + 11 lg 101 (a) (3) P 82 + 11 lg P (a) ) (b) P≤15 96 93 P > 15 83 + 11 lg P 80 + 11 lg P 98 + lg P 96 + lg P P≤15 99 97 P > 15 97 +2 lg P 95 +2 lg P Pel≤2 97 + lg Pel 95 + lg Pel 2 < Pel ≤ 10 98 + lg Pel 96 + lg Pel Pel > 10 97 + lg Pel 95 + lg Pel m ≤ 15 107 105 15 < m < 30 94 + 11 lg m 92 + 11 lg m (a) m > 30 96 + 11 lg m 94 + 11 lg m L ≤ 50 96 94 (a) 50 < L ≤ 70 100 98 70 < L ≤ 120 100 98(a) L > 120 105 103 (a) (a) De conformidad con la Directiva 2005/88/CE, mientras no se adopte una nueva modificación de la Directiva 2000/14/CE, los valores límites correspondientes a la Fase I seguirán aplicándose para los siguientes tipos de máquinas: tractores (sobre oruga de acero), cargadoras (sobre oruga de acero y > 55 kW), rodillos vibrantes con conductor a pie, planchas vibrantes (> 3kW), pisones vibrantes, extendedoras con regla de compactación, carretillas elevadoras en voladizo accionadas por motor de combustión, trituradores de hormigón y martillos picadores de mano con motor de combustión interna (15 < m < 30 kg), cortadoras de césped, máquinas para el acabado del césped y recortadoras de césped. (b) De conformidad con la Directiva 2005/88/CE, los valores límites correspondientes a la Fase I para las grúas móviles fueron aplicables hasta el 3 de enero de 2008. A partir de esa fecha, se aplican los valores límites correspondientes a la Fase II. anmopyc