20 FICHAS TÉCNICAS Existe una excepción a este principio general, ya que la Di- rectiva 2006/42/CE establece que los principios de integra- ción de la seguridad, indicados en el punto 1.1.2, y las obligaciones relativas al marcado y al manual de instruc- ciones, mencionadas en los puntos 1.7.3 y 1.7.4 respecti- vamente, serán aplicables a cualquier máquina. Aplicación de los requisitos Los fabricantes deberán cumplir las obligaciones estable- cidas en los requisitos esenciales de seguridad y de salud aplicables para garantizar la seguridad de las máquinas que comercializan. Las soluciones técnicas que se adopten para cumplir con los requisitos esenciales de seguridad y de salud se de- berán aplicar teniendo en cuenta el ‘estado de la técnica’ y los imperativos técnicos y económicos existentes en el momento de fabricación de la máquina. En la Directiva 2006/42/CE se reconoce que puede darse el caso de que, teniendo en cuenta el ‘estado actual de la técnica’, una determinada máquina no pueda cumplir plenamente determinados requisitos de seguridad y de salud. En tales casos, la directiva establece que el fabri- cante deberá esforzarse por cumplir en la medida de lo posible los objetivos establecidos por los requisitos esen- ciales de seguridad y de salud. Las soluciones técnicas adoptadas por un fabricante se considerarán adecuadas al ‘estado actual de la técnica’ cuando se hayan empleado los medios técnicos más efi- caces que se disponían en el momento de fabricación a un coste razonable, teniendo en cuenta el coste total de la máquina en cuestión y el nivel de reducción del riesgo exigido por los requisitos. El ‘estado de la técnica’ evolucionará cuando se disponga de medios técnicos más eficaces para reducir un riesgo o cuando su coste relativo disminuya. Por lo tanto, una solución técnica que pueda considerarse apropiada en un momento dado para satisfacer un requisito esencial de seguridad y salud podrá dejar de serlo si el estado de la técnica ha evolucionado. Generalmente, el ‘estado actual de la técnica’ vendrá es- tablecido por las normas armonizadas que cubren a una determinada categoría de máquina. El nivel de seguridad que se consigue al aplicar las especificaciones técnicas de una norma armonizada va a fijar el nivel de referencia que un fabricante deberá tener en cuenta al diseñar y fa- bricar una máquina. Si un fabricante opta por aplicar soluciones técnicas al- ternativas a las establecidas en las normas armonizadas para cumplir con los requisitos esenciales de seguridad y de salud aplicables, deberá ser capaz de demostrar que dichas soluciones van a proporcionar un nivel de seguri- dad que será, como mínimo, equivalente al que se con- siga al aplicar las especificaciones técnicas de las normas armonizadas. Cuando no existan normas armonizadas, se puede recu- rrir a otros documentos técnicos que ofrezcan indicacio- nes útiles sobre como cumplir los requisitos esenciales de seguridad y de salud de la Directiva 2006/42/CE como, por ejemplo: normas internacionales, normas nacionales, proyectos de normas europeas, directrices elaboradas por organizaciones profesionales, etc. Sin embargo, la aplicación de dichos documentos técnicos no confiere una presunción de conformidad con los requisitos esen- ciales de seguridad y de salud de la directiva. I La Asociación Española de Fabricantes Exportadores de Maquinaria para Construcción, Obras Públicas y Minería, Anmopyc, es un importante experto en el campo de la normativa industrial que regula, tanto a nivel europeo como internacional, la comercialización de equipamiento para construcción. Su Departamento Técnico posee un amplio conocimiento sobre la normativa vigente, lo que unido a su dilatada experiencia en labores de asesoramiento técnico, facilita notablemente a las empresas fabricantes y exportadoras de equipamiento para construcción el cumplimiento de sus respectivas obligaciones legales. El Departamento Técnico de Anmopyc elabora unas fichas técnicas donde se trata de forma sencilla, clara y concisa aspectos específicos de la legislación relativa a la comercialización y utilización de equipamiento para construcción. Su objetivo consiste en proporcionar explicaciones y criterios sobre determinados conceptos y requisitos estableci- dos en la legislación con el fin de facilitar una interpretación y aplicación correcta y uniforme de los mismos. anmopyc