El impuesto “Tipo Especial” puede ser declarado ilegal Precisamente esa potestad de las CCAA está ahora en entredicho, ya que ante la previsión de que el impuesto de“Tipo Especial”pueda ser declarado también ilegal, en la Ley de Presupuestos para 2018, se ha decidido suprimir completamente la capacidad normativa de las Comunidades Autónomas para fijar el tipo impositivo sobre los carburantes a aplicar en sus respectivos territorios. Así, el impuesto de“Tipo Especial”será fijado y recaudado íntegramente por el Estado para su posterior reparto a las Comunidades Autónomas. En resumen, si lo planteado por el Gobierno se lleva a cabo, el impuesto se equiparará en todas las Comunidades Autónomas del importe del impuesto en su nivel máximo, en algunas CCAA, puntualiza Fenadismer, la medida tendrá como consecuencia en la práctica una subida de hasta el 100% del impuesto en algunas regiones, al eliminarse la posibilidad de que puedan seguir estableciéndose las actuales exenciones totales o parciales de dicho impuesto. Importante destacar que además de que la subida será general en todo el país, perjudicará aún más a los ciudadanos y empresas en las Comunidades Autónomas de Castilla-León, Cantabria, País Vasco, La Rioja, Navarra, Madrid, Aragón y Extremadura, que verán incrementada de forma importante la fiscalidad de los carburan- tes repostados en dichas regiones. Los expertos aconsejan cobrar por el uso de las infraestructuras ¿Y la propuesta del grupo de expertos? ¿Qué implicaría si finalmente el Gobierno decide implantarla? Pues simplemente, que se crearía un recargo al consumo de carburantes, un sistema de viñetas, o una combinación de ambas, para financiar la construcción y el mantenimiento de infraestructuras viarias, asegura CETM, que, como no podía ser de otro modo, manifiesta su total oposición a dichas medidas, que incidirán de forma desproporcionada e injusta sobre el transporte de mercancías por carretera, principal consumidor de hidrocarburos y usuario de las carreteras en España. 9 Fenadismer solicita el gasóleo profesional para el transporte ligero En un momento en que el e-comercio mueve millones de paquetes a bordo de vehículos comerciales y ligeros, puede ser una buena medida que este tipo de vehículos puedan acceder también al denominado “gasóleo profesional”, según la petición de Fenadismer. Este tipo de gasóleo profesional se encuentra dentro de un sistema de subvenciones que de momento solo favorece a vehículos de transporte de mercancías de más de 7’5 toneladas de peso máximo autorizado, autobuses y taxis, quedando fuera los vehículos de menor tonelaje. Precisamente, este tipo de vehículos son mayori- tariamente propiedad de transportistas autónomos, que soportarán íntegramente el incremento de la subida del impuesto de hidrocarbu- ros prevista en la Ley de Presupuestos. Ante dicha situación discriminatoria, Fenadismer ha planteado que con ocasión de la tramitación de la Ley de Presupuestos se modifique la actual regulación de la figura del gasóleo profesional incluyendo como beneficiarios también a los vehículos de transporte de mercancías de menor tonelaje, que representan casi una tercera parte del total de la flota de transporte en España. manutencion & almacenaje 530 Actualidad