La CETM aumenta su peso en la CNTC El Ministerio de Fomento ha hecho públicos los resultados oficiales del proceso de renovación del Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC), para el periodo 2018-2021. En la sección de mercancías por carretera, que estará compuesta por 15 organizaciones, la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) mantiene una mayoría holgada al lograr aumentar su participación hasta los 63,2 votos sobre 125 del total del CNTC, lo que le otorga una representación de casi el 51%. El CNTC es un órgano consultivo, de colaboración e interlocución sectorial para las Administraciones públicas con competencia sobre materia de transpor- te, y de manera especial para el Ministe- rio de Fomento. Su composición se revisa cada cuatro años con el objeto de que estén representadas en el mismo las organizaciones de transportistas y de actividades auxiliares y complementarias del transporte por carretera con un peso real en el sector. Para ello, las organizaciones empresariales deben acreditar su representatividad ante el Ministerio de Fomento, quién se encarga de contrastar la veracidad de los datos aportados. En total, dentro del proceso de renovación del departamento de mercancías del CNTC, se han presentado organi- zaciones del sector del transporte y la logística que representaban más de 83.000 empresas, realizándose una encuesta masiva que afectó a más de 49.000 empresas, para contrastar la veracidad de los datos presentados. 12 Se regula el descanso en la cabina. flota mínima de tres camiones –parte fundamen- tal de la normativa española para poder realizar por primera la actividad de transporte de mercan- cías pesado–, la cual obliga a modificar tal legislación. Y es que para el Tribunal europeo no hay duda: la regulación española sobre acceso al mercado del transporte “es una medida desproporcionada y discriminatoria, porque cualquier empresa que disponga al menos de un vehículo, tal y como exige el artículo cinco , letra b), del Reglamento n.o 1071/2009, debe poder obtener una autoriza- ción de transporte público, sin que los Estados miembros puedan establecer, como condición adicional, un número mínimo de vehículos distinto del fijado en esta disposición”, según señala la sentencia europea. La sentencia, que modifica sustancialmente el mercado actual del transporte, implica un grave problema para el Ministerio de Fomento que lleva años defendiendo lo que las grandes patronales le pidieron que hiciera. Es decir, que no se suprima el requisito de la flota mínima de tres vehículos. El Ministerio no sólo no ha defendido esa posición ante el Tribunal de Justicia Europea –la denuncia había sido interpuesta en abril de 2017–, además había incluido ese requisito en la nueva versión de la ROTT, que lleva más de cuatro años en proceso de elaboración y que ahora sufrirá un nuevo retraso. De momento, Fomento, mientras ultima cómo incluirá en el Reglamento la decisión de la justicia en Europa, ha hecho lo único que podía hacer: acatar la disposición del Tribunal que, evidente- mente, es de obligado cumplimiento sin posibilidad de recurso. Lo acontecido implica, además, que para Bruselas nada puede evitar el acceso al mercado aunque sea con un único vehículo. El argumento esgrimido por Fomento –y que defienden las patronales españolas–, de la “excesiva dispersión del mercado español, que contribuye la opacidad del mercado”, no ha satisfecho al Tribunal, por tanto nada impedirá una mayor liberalización del mercado español. Edi Cobas manutencion & almacenaje 527 Actualidad