8 Principales novedades la LOTT • Supresión para el transporte de mercancías por carretera del principio básico de que los precios que se perciben por los servicios de transporte cubran la totalidad de los costes de explotación y fomenten la seguridad y la calidad. • Se incrementará la competencia de las Juntas Arbitrales ya que podrán atender controversias de hasta 12.000 €. • Se eximirá de la necesidad de tener autorización a los transportes de mercancías realizados en vehículos cuya velocidad máxima no supere los 40 kilómetros por hora. • Se establecerá como nuevo requisito que las empresas transportistas (autónomos o sociedades) deben poseer un establecimiento fijo cen España, en donde se conserve la documentación de transporte obligatoria, así como equipamiento informático y firma a partir de 2014. • Se perderá el requisito de capacidad económica, requisito indispensable para continuar ostentando las autorizaciones de transporte, en el caso de ser declarado la empresa transportista en concurso de acreedores o situación de insolvencia. • Los vehículos que realicen transporte privado complementario deberán llevar a bordo documentación acreditativa del origen de la mercancía y de la relación laboral de los conductores. • Los transportistas podrán actuar, asimismo, como intermediarios sin necesidad de obtener la autorización de operador de transporte, si cumplen los requisitos exigidos para su obtención. • Se considerará infracción muy grave la no comunicación al Registro de Empresas y Actividades de Transporte el cambio de domicilio del transportista o de la ubicación de sus centros de explotación o locales. • Se reducirán en un 30%, de media, las cuantías de las sanciones de transporte, conforme a lo acordado en su día entre las asociaciones de transportistas y el Ministerio de Fomento. • La comisión de infracciones muy graves dará lugar, junto a la correspondiente sanción a la empresa transportista, a que el capacitado (gestor de transporte) pierda la honorabilidad durante un plazo de un año, lo que obligará a cambiar de gestor durante dicho período. • El pago anticipado de una sanción de transporte dará lugar a una reducción del 30%. • Se coordinará el Registro de Empresas y Actividades del Transporte con el Registro Mercantil a fin de obtener la información relativa a la denominación, domicilio, capital social y representantes legales de las empresas transportistas y operadores de transporte. Fuente: Fenadismer. Ministerio de Fomento. 22,6 % tiene más de cinco vehículos, mientras que el 53,3% cuenta con un vehículo. En definitiva, el mayor índice de atomización del conjunto de los países europeos. El objetivo del Ministerio de Fomento al instau- rar la modificación de la LOTT es muy claro. En un comunicado oficial asegura que la nueva legisla- ción mejorará la competitividad y eficiencia em- presarial del sector. Asimismo, la reforma busca adecuar la LOTT a la evolución que ha experimen- tado el mercado del transporte por carretera desde 1987, revisando algunos de sus artículos e incor- porando aquellas reformas que han ido introdu- ciendo durante los últimos años los reglamentos comunitarios dictados en materia de transporte, para lograr así una mayor transparencia y segu- ridad jurídica. Desde el punto de vista del Ministerio, la com- petitividad mejorará cuando se incremente la flexi- Para la CETM existe falta de sensibilidad hacia el sector por parte del Ministerio de Fomento. bilidad de las empresas en el momento de operar en el mercado del transporte por carretera. Para ello, ha “liberalizado” un poco más el sector. Así, si en la actualidad es necesaria una autorización para realizar transporte y otra diferente para realizar operaciones de subcontratación del mismo, con la modificación será posible realizar todo tipo de actividades relacionadas con el transporte con una única autorización. Además se reducen las cargas administrativas para las empresas, ya que con la nueva ley podrán hacer todas las gestiones necesarias con la auto- ridad de transporte competente (Ministerio de Fomento o comunidades autónomas) a través de Internet, sin necesidad de acudir físicamente a sus centros. Asimismo, la norma pretende extender la competencia de las juntas arbitrales para la resolu- ción de conflictos, un mecanismo que ha demos- trado ser muy útil como alternativa a la vía judicial. ...evitar el intrusismo y simplificar la inspección La puesta en marcha de medidas para evitar el intrusismo ha sido solicitada en repetidas ocasiones desde el Comité Nacional de Transporte y ha sido in- troducida por Fomento en el nuevo Reglamento. Así, para solucionar lo que está considerado como uno de los problemas más graves que tiene el sector en la actualidad, se ha decidido por reforzar el principio de que sólo quien tenga autorización de transporte puede contratar y facturar en su nombre. Se regula una infrac- ción para poder sancionar, bajo la normativa de trans- manutencion & almacenaje 485 Actualidad