En el número anterior de El Instalador sondeábamos la opi- nión de las principales asociaciones del sector relacionadas con la climatización y la refrigeración, sobre, precisamente, el retraso en la aprobación del nuevo Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas y sus ITC. Pocas semanas después ha salido publicado este Real-Decreto-Ley que ha incluido, entre sus medidas, el uso de refrigerantes del grupo A2L. En efecto, como se indica en el texto normativo, el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado por el Real Decreto 138/2011, de 4 de febrero, impone una serie de requisitos administrativos que hacen que, en la práctica, el coste de una instalación con gas refrigerante de categoría 2-L sea inviable, a pesar de ser conforme a la normativa comunitaria y tener menor potencial de calentamiento atmosférico, lo que significa una reducción de la contribución de este tipo de gases refrigerantes al cambio climático. Por ello se está preparando un nuevo real decreto que actualice estos requisitos, entre ellos referido a los equipos con refrigerante de la categoría 2-L, pero que no será posible aprobar “hasta mediados del año 2019”, indica el texto de este RD-Ley. Ante la urgencia de dar vía libre a este asunto, se ha incluido en este RD “con el fin de que se evite una rotura de stocks de estos equipos, ya que los fabricantes están actualmente iniciando su fabricación para el año 2019 y necesitan, de forma urgente, seguridad jurídica sobre la aceptación en España de estos equipos con refrigerantes de categoría 2-L, eliminando unos trámites y requisitos tan exigentes como los que recoge la actual reglamentación, a la vez que se garan- tiza la seguridad de los aparatos. Esta medida, urgente y necesaria, se recoge en la disposición transitoria segunda del real decreto-ley”, se explica en el texto. En concreto, afecta a los sistemas de refrigeración no compactos que contengan refrigerantes de clase A2L, con carga inferior al resultado de aplicar el factor 1,5 a m1 [m1=LIIx4m3], y a las instala- ciones que utilicen este tipo de fluidos pero que registren una suma total de potencias eléctricas que no exceda los 100 kW y que no enfríen ninguna cámara de atmósfera artificial. Además, permite que las empresas instaladoras RITE ya pueden realizar, al igual que las empresas frigoristas nivel 1, la ejecución, mantenimiento, reparación, modificación y desmantelamiento de las instalaciones de sistemas de refrigeración no compactos (splits), que contengan refrigerantes de clase A2L, con carga de refrigerante inferior al resultado de aplicar el factor 1,5 a m1 [m1=Lllx4m3] cuyos límites máximos se pueden ver en la tabla que ha elaborado Conaif. Quedarían fuera de esta disposición los sistemas frigoríficos compactos (acondicionamiento de aire portátiles, frigoríficos, con- geladores domésticos...) que contengan refrigerante A2L con carga inferior al resultado de aplicar el factor 1,5 a m1 [m1=LIIx4m3]. Además, con la entrada en vigor de este Real Decreto-Ley el titular de la instalación queda exento de poseer un seguro de responsabili- dad civil de 500.000 € que cubra los posibles daños derivados de la instalación, siempre y cuando se cumplan determinadas condiciones. 37 NORMATIVA LÍMITE DE CARGA DE REFRIGERANTE A2L EN SISTEMAS NO COMPACTOS (SPLIT) REFRIGERANTES A2L kg R-32 < 1,842 R-143 a < 1,692 R-1234 yf < 1,734 R-1234ze (E) < 1,818 R-444 A < 1,944 R-444 B < 1,656 R-445 A < 1,596 R-446 A < 0,942 R-447 A < 1,008 R-451 A < 1,938 R-451 B < 1,938 R-452 B < 1,860 R-454 A < 1,668 R-454 A < 1,806 R-454 C <1,746 R-455 A < 2,538 Tabla elaborada por Conaif. Como es de suponer, la publicación de este Real Decreto-Ley, ha sido muy bien recibida por todos los agentes implicados. Para Conaif se trata de una medida sumamente positiva, reclamada por los instaladores RITE y largamente esperada. “Consideramos que la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, que se anticipa al Reglamento de Frío actualmente en tramitación, es una gran noticia porque elimina las trabas para el instalador de la reglamen- tación actual”, señala la directora general de Conaif, Ana María García Gascó. Para la asociación de Empresas del Frío y sus Tecnologías, (Aefyt) se trata de una buena noticia que permitirá poner a disposición de las empresas usuarias de frío nuevas gamas de refrigerantes de bajo PCA (Potencial de Calentamiento Atmosférico) y ayudar así a mitigar la escasez de refrigerantes que ha derivado en una escalada de los precios y en un incremento del mercado negro. “Esperamos que esta disposición suponga un impulso a la industria del frío al ofrecer nuevas alternativas de fluidos refrigerantes. Los requisitos técnicos que se exigen a la hora de realizar el tratamiento de estos gases ligeramente inflamables nos reafirman, además, en nuestro empeño por avanzar en la profesionalización de esta industria y en nuestra lucha contra el intrusismo profesional”, dijo Roberto Solsona, presidente de Aefyt.•