asociaciones Tras la presentación oficial realizada el pasado mes de febrero en la Feria Genera 2015 de la pri- mera clasificación certificada de empresas de ser- vicios energéticos, la Asociación Nacional de Em- presas de Servicios Energéticos (ANESE) co- mienza una segunda fase en la que la asociación pretende mostrar las características y beneficios de esta clasificación en diferentes puntos de la geografía española. Con esta gira informativa, la asociación quiere dar a conocer la utilidad de su nuevo certificado, tanto para las ESEs (empresas de servicios energéticos) como para los usuarios. Ya que esta clasificación viene a dar respuesta, por un lado, a la falta de nor- mativa en este sentido y a la ausencia de registro oficial con garantía; y por otro, tiene el propósito de facilitar al cliente el acceso y la compresión del mo- delo de garantía de ahorros. De esta manera, todos aquellos que no pudieron asistir a la presentación oficial en Madrid podrán conocer de primera mano e informarse acerca de la clasificación y los pasos a seguir para entrar en el proceso. Además, los usuarios podrán conocer cómo aprovechar esta útil herramienta que les aho- rrará el trabajo de informarse de la profesionalidad de una empresa de servicios energéticos antes de contratarla. z ANESE inicia una gira informativa sobre la primera clasificación certificada de ESEs por diferentes puntos de España 88 El INSTALADOR no 528 abril 2015 Presentación de la Guía Técnica de Mantenimiento Integral de las Infraestructuras Comunes de los edificios de viviendas 2.0. El pasado 26 de marzo en el marco de la Asamblea General de AMIITEL se presentó la Guía Técnica de Mantenimiento Integral de las Infraestructuras Co- munes de los ediicios de viviendas 2.0., realizada por ASEFOSAM y AMIITEL y que cuenta con el apoyo institucional de la Comunidad de Madrid. La Guía supone un compendio de once sub-guías, completo y unificado en materia de Mantenimiento a nivel nacional, de, prácticamente, todas las infra- estructuras comunes de los edificios y de aquéllas, precisamente, que no están reguladas normativa- mente. Define las condiciones que deben cumplir las empresas que presten el servicio de mantenimiento, establece las operaciones periódicas que deben rea- lizarse sobre cada elemento, los protocolos de prue- bas que los contrasten técnicamente y dónde y cómo se registra esa documentación. Mantener las infraestructuras comunes es una obligación de la Comunidad de propietarios. Pa- rece lógico que también sea una obligación con- tratar el mantenimiento, exigir que se contraten la realización de las operaciones exigibles de con- servación y las infraestructuras y funcionamiento de los sistemas.