El código estructural español2 permite el uso de áridos reciclados hasta un límite máximo de 20%, para la producción de hormigón estructural (aun cuando esta limitación no existe para hormigones no estructurales), pero las cifras indican que su uso en elementos estructurales es muy minoritario —En España, en 20183, fue del 1,8%—. Aumentar este porcentaje, ¿pasa por ampliar o eliminar el límite del 20% para hormigones estructurales o por explotar al máximo su capacidad de uso en el resto de hormigones? Los límites al uso de materiales reciclados deben tener que ver con la obtención de las mismas prestaciones que un producto equivalente. Las prestaciones y requisitos de seguridad están esta- blecidos en normas4 o en reglamentación5 que reúne el consenso técnico de la industria. Es posible evolucionar estos límites a la reu- tilización de materiales o al uso de materiales reciclados en función de la experiencia técnica real y el principio de precaución que guía la capacidad regulatoria de la Administración. Pero esta evolución debe realizarse tomando como base el conocimiento científico actual y la experiencia real de uso, teniendo en cuenta el nivel de prestaciones necesario para alcanzar un nivel de seguridad y dura- bilidad equivalentes. La respuesta negativa a la cuestión planteada por la presidencia finlandesa debe acompañarse con una propuesta de evolución de los límites que lleve aparejada estudios técnicos, ensayos, e infor- mes que recojan la experiencia de uso, lo que permitiría revisar las normas existentes o reformular la legislación, preservando los criterios de seguridad establecidos. Y esto es un proceso necesa- riamente largo. La revisión de una norma puede requerir no menos de dos años de trabajo. Y si además están involucrados ensayos de comportamiento del elemento/material a largo plazo, como sería el caso, estos plazos pueden alargarse significativamente. Este es un camino que hemos de recorrer necesariamente, pero sin atajos. No es admisible que, sin haberse realizado este proceso, se pretenda renunciar a unas condiciones de seguridad que si están garantizadas por la normativa y la legislación actual. Ofrecer las mismas (o superiores) prestaciones y durabilidad por unidad de recurso utilizado es, en definitiva, el primer pilar de la economía circular.• TRIBUNA DE OPINIÓN 79 1. Ver cuadros de propuestas en: http://www2.gbce.es/archivos/ ckfinderfiles/Investigacion/171108_Documento%20 posicionamiento.pdf. 2. Para una reseña completa véase: https://www.fomento.gob. es/recursos_mfom/anejo15borde.pdf. 3. Frente al uso por encima del 98% de árido natural. Ver: http:// www.aridos.org/estadisticas/ 4. https://www.une.org/ 5. En el ámbito de la construcción cabe destacar el Código Estructural, Código Técnico, Ordenes Circulares, Pliegos etc. inGEOpres