70 CONTROL INTEGRADO Ejemplo de dos muestras de cepa afectada por oídio con abarquillamiento de hojas. El Plan de Acción Nacional establece nuevas obligaciones a todos los implicados. Aprobado el 10 de diciembre 2012, será obligatorio a partir de 2014. Tendrá una dura- ción de 5 años. Pretende la racionalización del uso de pla- guicidas, lograr un uso sostenible, y reducir riesgos en la salud humana y en el Medio Ambiente. Se investigarán los métodos alternativos, no químicos. Lograr el desarro- llo de cultivos sanos con la mínima alteración posible de los agrosistemas. Se establece la figura del asesor como elemento básico para la aplicación de la gestión de pla- gas, por ej.: Proponer alternativas: los transgénicos, dise- ñados especialmente para resistir a las plagas. En Andalucía funciona la Red de Alerta e Información Fitosanitaria, seguramente la más completa en nuestro campo Plaga agrícola El concepto de plaga ha evolucionado con el tiempo, antes se consideraba plaga a cualquier animal que oca- siona daños a los cultivos. Ahora consideramos la plaga como una enfermedad, una situación en la cual el animal, o un insecto, o un hongo, produce daños a la salud de las personas o animales domésticos. Se trata de un patóge- no que ocasiona alteraciones fisiológicas. El monoculti- vo de variedades de alta producción, el cultivo múltiple, el uso de fertilizantes, etc. crean un ambiente favorable a las plagas. Hay infinidad de organismos dañinos a las plantas: animales superiores (insectos, ácaros, nemato- dos, aves y roedores), microbios (virus, micoplasma, bacterias y hongos), plantas superiores: malezas, etc. Según la FAO 1990 es plaga 'cualquier especie, raza, o biotipo vegetal o animal, agente patógeno dañino las plantas o productos vegetales'. Plan de Acción Nacional El transgénico es una planta a la que se ha introducido material genético de otra especie, mediante manipula- ciones del ADN, el ácido desoxirribonucleico, que se en- cuentra en el núcleo de la célula. De esta manera se han creado plantas que resisten, por sí solas, el ataque de ciertas plagas y la aplicación de potentes herbicidas. Cada explotación agraria deberá mantener un 'cuaderno de explotación' en donde se anotarán todos los trata- mientos fitosanitarios realizados. El Real Decreto esta- blece unos requisitos mínimos para los usuarios profesionales, que se traducen en la posesión del carné de usuario, el cual se obtiene con la superación de cur- sos. El Real Decreto establece la prohibición de las apli- caciones aéreas con carácter general. Pero la Administración puede permitir la aplicación aérea para el control de plagas declaradas de utilidad pública, en si- tuaciones de emergencia. Existe el Registro Oficial de Productos Fitosanitarios y lista de plaguicidas peligrosos. También se crea una Guia del Usuario de fitosanitarios. La Raif En Andalucía funciona la Red de Alerta e Información Fi- tosanitaria, seguramente la más completa en nuestro tecnología