FERTILIZANTES El nuevo Reglamento supone un respaldo a los mercados de materias primas secundarias y a la implantación de una verdadera economía circular que ya existe un reconocimiento para la comercialización de este tipo de productos fuera de Europa y son altamente demandados por su per- fil medioambiental y de seguridad, no solo para el aplicador si no por la ausencia de residuos en los cultivos tratados”, inciden. Y es que hoy en día existen productos que, debido a la ausencia de legislación no esta- ban clasificados y no tienen cabida en el mercado. “La nueva normativa ha distribuido todos los productos en siete categorías y, por ejemplo, en el grupo de ‘Bioestimulantes de las plantas’ el reglamento se va a publicar con una lista positiva de únicamente cuatro microorganismos aceptados. Esperamos que al ser un texto abierto sea sencilla la forma de proceder para incluir en ella otros microorganismos y otros usos”, añaden desde AEFA. En ese aspecto incide Ángela Varó, directora de I+D de la compañía Green Universe Agriculture, que trabaja activa- mente a nivel europeo a través del Consejo Europeo de la Industria de Bioestimulantes (EBIC): “Consideramos que algunos productos que quedan fuera la norma deberían incluirse en enmiendas posteriores. Es el caso de otros productos a base de microorganismos (actual- mente solo 4 géneros de microorganismos quedarían regulados), metabolitos de origen microbiológico y determinados polímeros”. No obstante, completa, “desde EBIC estamos satisfechos ya que con este nuevo Reglamento de fertilizantes se da un paso sustancial hacia un marco regulatorio innovador que funcione bien para llevar al mercado productos novedosos, de base biológica y sostenibles, como los bioes- timulantes”, completa Ángela Varó. Reconocimiento mutuo El nuevo reglamento cambia de manera importante la comerciali- zación de los productos fertilizantes, aunque se prevé que el mayor esfuerzo de adaptación recaiga en los fabricantes de estos produc- tos. Se pasa a un reglamento según el nuevo enfoque legislativo que establece requisitos, de forma que el producto que cumple debe ser certificado para poder marcarse como “producto fertilizante UE”. Dependiendo de las materias primas utilizadas y del producto final, el sistema de certificación es más o menos exhaustivo. “El agricul- tor podrá contar con más productos procedentes de otros estados miembro, contando con todas las garantías de una normativa común (abonos orgánicos y órgano-minerales, enmiendas orgánicas y otras, bioestimulantes y sustratos de cultivo). También al favorecer el mercado de materias primas secundarias se incluirán nuevos materiales que, con determinados requisitos, podrán utilizarse en el suelo. Se trata de ampliar el abanico de productos posibles, posibili- tando un abaratamiento de costes por fertilización”, afirman desde el Ministerio de Agricultura. Así, los fabricantes podrán elegir si colocan el marcado CE en su producto o no, en cuyo caso la legislación que le afecte será dife- rente. Las medidas que se establecen en el Reglamento europeo para los productos con el marcado CE no pueden impedir que los abonos nacionales no armonizados se comercialicen en el mercado 29