Congresos, jornadas y eventos PROTECCIÓN LABORAL 83 | 2oTrimestre15 Jornada de Foment del Treball sobre la seguridad de las máquinas Aún tenemos un importante parque de maquinaria fuera de normas Foment del Treball convocó la Jornada para arrojar luz sobre el interrogante de si la seguridad de las máquinas es una asignatura pen- diente. En su exposición de motivos subrayaba que “a pesar de que ya hace tiempo de la aparición del Real Decreto 1215/97, de dis- posiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de los equipos de trabajo, las estadísticas sobre accidentes de trabajo, nos ponen de manifiesto, año tras año, que una parte de las máquinas instaladas y utilizadas no se ajusta a las exigencias”. Manuel Domene. Periodista En la Jornada se presentó la “Guía de Seguridad para Máquinas” (sector metal), documento que brindó la opor- tunidad de profundizar en una problemática consustancial al sector industrial. Según argumenta Foment, “hay expertos que calculan que todavía hay empresas que no han realizado la adecuación de las máquinas a la nor- mativa. Una de las explicaciones a este proble- ma es que antes de 1997 la legislación sobre seguridad en máquinas en España era práctica- mente inexistente y, consecuentemente, el par- que de máquinas tenía unos niveles de seguri- dad muy inferiores a los existentes en Alemania, Bélgica, Inglaterra o Francia”. La transposición íntegra de la Directiva 89/655 CEE supuso el ‘aterrizaje’ de un marco normati- vo totalmente nuevo en un país industrial, pero sin tradición reglamentaria en lo concerniente a Las máquinas en la UE deben contar con una declaración de con- formidad, primera garantía para un uso seguro maquinaria. Se constata, pues, la necesidad de un esfuerzo de actualización, al que puede contribuir la guía citada. Con el documento sobre maquinaria del sec- tor del metal se inicia una colección de guías para la seguridad de las máquinas, que tiene previsto desarrollar Foment con la financia- ción de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales y la colaboración del IDES (Institut d’Estudis de la Seguretat). Concepto de seguridad integral En la apertura del acto, Joan Pujol, secretario general de Foment del Treball, se refirió al concepto de seguridad integral, por el cual la empresa y sus gestores han de aprender y practicar diariamente la prevención, único medio para evitar todo tipo de accidente. Puntualizó que “la seguridad integral incluye a las personas, el medio de trabajo, las instalaciones, etc. Las máquinas son seguras, lo cual no obsta que puedan seguir mejorando”. Por su parte, Ricard Nogués, en representa- ción del IDES, afirmaba que “nos encontra- mos ante un problema que no integra en la conciencia del trabajador ni del empresario ciertas acciones como susceptibles de gene- rar un accidente laboral, y se pierde de vista, en muchos casos, que a pesar de que la maquinaria pueda estar en perfecto estado, el error humano es un factor que nunca puede subestimarse. Por lo tanto, hay que seguir unas normas indiscutibles a la hora de utilizar estas herramientas y tenerlas adecua- das al reglamento”. Ricard se refirió al caso tristemente fre- cuente del carpintero con lesiones en las manos, o al que le falta algún dedo. Al res- pecto, señaló que “no podemos resignar- nos a aceptar estos accidentes como gajes del oficio. Estas situaciones se combaten fomentando la cultura preventiva, y los manipuladores de máquinas tienen un papel fundamental”. 102 La marca CE no es la panacea La puesta en conformidad de los equipos de trabajo debe ser una parte fundamental de la evaluación de riesgos de la empresa, siendo el mejor punto de partida para mejo- rar la organización de la producción. En el año 2000, el INSHT publicó la Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de equi- pos de trabajo. En su página 16, dicha Guía establece que “los requisitos fijados en el Anexo I del RD 1215/1997 tienen poca concreción. Por el contrario, las directivas relativas a la comercialización de produc- tos establecen niveles elevados de seguri- dad, se aplican a productos (y riesgos) específicos y fijan (directa o indirectamen- te) requisitos mucho más concretos. Con- secuentemente, en la práctica, el Anexo I es de aplicación subsidiaria respecto a la citada normativa y debe suponerse que los equipos de trabajo sujetos al marcado CE (máquinas, equipos médicos, aparatos de gas, equipos a presión, etc.) lo cumplen siempre. La simple aplicación de los requi- sitos de este Anexo I a equipos con regla- mentación específica (en el caso de las máquinas, a las posteriores al 1 de enero de 1995) podría suponer una merma en los niveles de seguridad exigibles y puede que no satisfagan lo requerido por el estado de la técnica”. Es muy recomendable que en el momento de la compra de máquinas, el empresario se asegure de que el marcaje CE es correcto.