Atmósferas explosivas PROTECCIÓN LABORAL 80 | 3oTrimestre14 46 Obligaciones que establece la Directiva ATEX La Directiva ATEX 137, nacida del artículo 6 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, exige: -Conocer las características inflamación/combustión de las sustancias. -Clasificar las zonas peligrosas donde pueden formarse atmósferas explosivas. -Evaluar los riesgos de explosión, como resultado de una probabilidad de daños. -Tomar medidas para reducir el riesgo, como, por ejemplo, eliminar / reducir el producto; aplicar pautas preventivas como eliminar o redu- cir la presencia de combustible, oxidante y/o fuentes de ignición; aplicar normas de protección que eviten la rotura del equipo; evitar la propagación; establecer medidas organizativas y formación (permisos de trabajo). -Crear el Documento de Protección de Explosiones, que describe todos los puntos anteriores y se actualiza con cada cambio sustancial. Los tres primeros puntos proporcionan información fundamental sobre: -Probabilidad de existencia de una atmósfera explosiva (clasificación de áreas). -Probabilidad de existencia de fuentes de ignición efectivas (función de la zona, proceso, tipo de fallo de equipo y sustancia). -Daños a las personas (y a la planta). Conviene tener presente que la probabilidad nunca indica cuándo va a ocurrir el suceso, por lo que en esta materia de seguridad –como en el resto- nunca se puede relajar la vigilancia. Equipos especiales y formación específica son imprescindi- bles para trabajar en atmósferas potencialmente explosivas das posibles para evitar la formación de atmósfera explosiva. En principio, se trata de aplicar medidas lógicas y muy sencillas que minimizan el riesgo facilitando las actua- ciones posteriores de eliminación o control de la atmósfera explosiva. Existen situaciones que deben ser evitadas, antes de proseguir la evaluación, mediante medidas organizativas que evitarán la forma- ción de atmósfera explosiva, o al menos la con- trolarán para su posterior eliminación. Este tipo de medidas deberán ser consideradas a priori antes de acometer la clasificación de zonas”. La Guía propone la eliminación del riesgo en su origen, con actuaciones como: -Sustitución de la sustancia inflamable o combustible por otra que no lo sea. -Eliminación de los puntos de escape, fuga y, en general, aquellos puntos en los que la sus- tancia inflamable/combustible se mezcla con el aire. Si las citadas medidas no eliminan el riesgo por completo, se propone otra batería de soluciones, como: -Utilizar sustancias menos inflamables. -Aumentar la granulometría de los polvos. -Trabajar en procesos que no generen polvo. -Emplear humectación ambiental, cortinas de agua. -Sistemas de ventilación/aspiración. -Controlar la concentración de las sustancias inflamables en el aire fuera del rango de explosividad. -Aislar convenientemente las partes vulnera- bles de la instalación (puntos de emisión, fugas...). ·Confinamiento Medida fundamental que permite “reducir al mínimo la extensión de la atmósfera explosi- va, conociendo así su extensión sin necesi- dad de aplicar métodos más complejos”, nos recuerda la Guía, que indica que se trata de “soluciones sencillas de aislamiento”. Entre éstas cita “la instalación de una extracción localizada de la atmósfera explosiva formada en la cabina, que evitaría su acumulación y permanencia de los vapores inflamables. Para el caso de polvos, la separación de procesos mediante paneles o pantallas también puede ser una buena opción para limitar el espacio que ocupa la atmósfera inflamable. Estas medidas –apunta la Guía- deben ir acompaña- das de un procedimiento de limpieza adecua- do para evitar la acumulación de depósitos de polvo en la zona. Una vez confinada la atmós- fera explosiva, su eliminación se limitará al área establecida, reduciendo el coste. ·Medidas organizativas. Los métodos de trabajo también ayudan a prevenir el riesgo ATEX. Entre las múltiples medidas organizativas destacamos el conoci- do como “Documento de protección contra explosiones (DPCE)”. Está concebido como una recopilación de las actuaciones preventi- vas de la empresa para garantizar la seguri- dad de los trabajadores frente al riesgo de explosión. Dicho documento deberá reflejar: -La evaluación de los riesgos de explosión. -La adopción de las medidas preventivas pertinentes. -Determinación de las áreas de riesgo con- forme a la clasificación establecida. -Constancia de que el lugar y los equipos de trabajo, incluidos los sistemas de alerta, están diseñados, se utilizan y mantienen teniendo en cuenta la seguridad. El documento de protección contra explosio- nes debe confeccionarse antes de comenzar el trabajo, debiendo revisarse siempre que se efectúen modificaciones, ampliaciones o transformaciones importantes en los equi- pos, el lugar o la organización del trabajo. Las distintas medidas preventivas y de protec- ción a seguir en las diferentes fases del proceso de evaluación del riesgo de explosión por for- mación de ATEX se analizan con detalle en el apéndice 3 de la Guía del INSHT, “Atmósferas explosivas en el lugar de trabajo”. Las atmósferas explosivas se pueden generar en práctica- mente cualquier actividad. Las cabinas de pintado requie- ren sistemas de ventilación que impiden la formación de nieblas explosivas