Temas de actualidad PROTECCIÓN LABORAL 80 | 3oTrimestre14 10 acreditados en Andalucía y 88 en Cataluña, aunque pueden ejercer muchos más del resto de España. En concreto, pueden ejercer la especialidad de Seguridad en el Trabajo 225 SPA en Sevilla, y 266 en Barcelona. Un 65% más. En esta diferencia está jugando su papel, otra vez, la “picaresca nacional”, permitida por el Gobierno, ya que muchos SPA se han acredi- tado de la Medicina del Trabajo en una sola provincia y de las otras especialidades en el ámbito estatal o autonómico. Debemos mencionar que esta situación no se da en Cataluña. Es fácil verificar que todos los SPA acreditados en Cataluña lo están en las cuatro especialidades en todas las provincias en que ejercen, excepto uno, pero en sentido contrario. Se trata del SPA Revisiones y Servi- cios Médicos Lleida, S. L., que está acreditado de las cuatro especialidades en Lleida y de Medicina del Trabajo en toda Cataluña. Según el Instituto Nacional de Estadística, el 1 de enero de 2013, de las más de 3,14 millo- nes de empresas que existían en España, 260.000 tenían más de 5 trabajadores, y sólo 62.000 tenían más de 20, mientras que 2,6 millones de empresas tenían un máximo de 2 trabajadores. Cualquier prevencionista sabe que una empresa de bajo riesgo, con dos o menos tra- bajadores, puede auto-gestionarse la preven- ción con muy poca ayuda externa. Y, sin embargo, la mayoría siguen ancladas en los servicios de un SPA, por hábito, pero eso podría cambiar y la pérdida de clientes para los SPA sería de órdago. Sin olvidar que quien está intentando que estas empresas pequeñas autogestionen su prevención es el propio Gobierno, a través del INSHT y mediante la creación del portal Pre- vención10. Nos parece una buena iniciativa en empresas en que empresario y asalariados hacen el mismo trabajo, como peluquerías, comercios, etc, ya que en estos casos el empresario cono- ce el trabajo del día a día, y le tiene que resul- tar fácil detectar los riesgos existentes, por convivir con ellos. A destacar una de las grandes mejoras de este portal, que acalla numerosas de las críticas que ha recibido. Es la posibilidad de poder usar la aplicación de forma anónima guardan- do los datos en el ordenador particular. Deci- mos que es una gran mejora porque el carác- ter español no acepta enseñar a la Autoridad los incumplimientos que refleja la propia eva- luación de riesgos laborales. Para rematar este apartado, debemos men- cionar la nueva campaña del INSHT para ayudar a las empresas de menos de 25 traba- jadores a gestionar la prevención, campaña dotada con 1,7 millones de euros. Tiene su origen en la modificación de la LPRL que aumenta a 25 el límite de trabajadores de la empresa para que el empresario pueda auto- gestionar la prevención. Tercera conclusión Mucho SPA para tan poco mercado. Para sobrevivir en este mundo, el futuro apunta hacia la especialización de calidad frente a la “fidelización de quioscos vía gestoría”. Y para terminar, debemos hacer referencia a otros aspectos del proyecto de Ley de Mutuas. ·Cambio de nombre Pasarán de llamarse Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social a llamarse Mutuas de la Seguridad Social. No es un tema baladí, ya que explicita de la forma más clara posible que pasarán a ocuparse de todos los temas de la SS, no sólo de contingencias profesionales. Aunque, en la actualidad, ya se ocupaban de parte de la gestión de la prestación económica por Incapacidad Temporal (IT) derivada de contingencias comunes. ·Gestión de altas de IT Sobre dicho particular, una de las medidas que ya se han eliminado del borrador de pro- yecto de Ley es que las mutuas pudieran dar de alta, sin más, a los trabajadores en situación de IT por contingencias comunes. Pero se ha eliminado de palabra, no en la práctica. Tal como está redactado el borrador de proyecto de Ley, y teniendo en cuenta la realidad del sector sanitario público, las mutuas podrán dar el alta a los trabajadores en situación de IT por contingencias comunes. Para entenderlo debemos saber cuál es el pro- cedimiento previsto: Las mutuas solicitarán el alta a la inspección sanitaria, ésta se dirigirá al facultativo que emitió el parte de baja, el cual deberá emitir un informe justificando la nece- sidad de mantener la baja. Ese informe se enviará a la inspección sanitaria que, a su vez, lo remitirá a la mutua. En caso de no llegar la respuesta en cinco días, la mutua emitirá el parte médico de alta. Debo entender que todos los lectores están al caso de la situación de recortes que ha sufrido la sanidad pública, por lo que les será fácil entender que esa nueva carga de trabajo ni va a ser bien recibida, por intrusismo profesional, ni es conveniente dar más trabajo burocrático a los médicos, ya que puede ocasionar una menor atención a los pacientes o, simplemen- te, que no se puedan realizar esos informes en tan poco tiempo. En resumen, si no cambia el proyecto de ley, las mutuas van a poder dar el alta de contin- gencias comunes cinco días después de lo previsto en el borrador inicial. ¿Y que ha dicho a esto el Ministerio de Sani- dad? Nada que sepamos. No podemos callar que no se incide en el fondo del asunto. Si el Gobierno considera que los facultativos de la SS alargan innecesa- riamente los periodos de baja, que lo demues- tre y que le ponga remedio, pero no es de reci- bo la medida propuesta, que sin duda reducirá la duración de las bajas laborales, pero en función de trámites burocráticos, no de aspectos médicos. ·Mejoras que introduce el Proyecto de Ley de Mutuas No todo va a ser hablar mal de Gobierno. Queremos mencionar que en este proyecto de Ley de Mutuas existen dos aspectos que con- sideramos muy positivos: -“Las retribuciones de los altos cargos de estas entidades se adecúan a las correspondientes del sector público”. Con ello se podría minorar el “pase de figuras” entre sus consejeros. -Se simplifican y mejoran los trámites para que los autónomos puedan acceder a la prestación por el cese de actividad. Cuarta y última conclusión Según nos cuenta el propio Gobierno en su web, las mutuas han recibido en 2012 casi el doble por contingencias profesionales (5.300 millones de euros) que por contingencias comunes (3.000 millones). ¿No sería más efi- ciente intentar reducir accidentes laborales y enfermedades profesionales que contingen- cias comunes? Sobre todo teniendo en cuenta que accidentes y enfermedades del trabajo se pueden prevenir, y lo que ocurra en la esfera privada no.