Riesgos emergentes PROTECCIÓN LABORAL 69 | 4oTrimestre11 Su potencial nocivo de los COPs no sólo amena- za la salud de los seres vivos, también suponen un riesgo para el medio ambiente. Así pues, la prioridad es la eliminación o sustitución de estas sustancias, evitándose la exposición (no existen niveles seguros de exposición debido a su persis- tencia). Particularmente, debe evitarse la exposi- ción de mujeres en edad de concebir, gestantes y criaturas lactantes. El que no se usen los productos alternativos (cuando éstos existen) obedece a una iner- cia –de imposible justificación- basada en intereses comerciales. Clasificación de los COPs El uso masivo de los COPs se inició en 1945 con la irrupción en el escenario industrial del archiconocido plaguicida DDT (dicloro- difenil-tricloroetano), cuyo uso se prohibió (en Estados Unidos) en 1972. Además del considerado como ‘pionero’, existen otros tipos de COPs, como los pesti- cidas, insecticidas órgano-clorados, Aldrina, Endrina, Bifenil policlorado (PCB) y Dioxi- nas y furanos. No está de más volver a recor- dar que, una vez los compuesto organoclo- rados han entrado en el medio ambiente, se degradan lentamente y, por tanto, tienden a acumularse. ISTAS (Instituto Sindical de Trabajo, Ambiente y Salud) nos recuerda otra clasifi- cación basada en la convención internacio- nal sobre las medidas a adoptar con los con- taminantes. “El Convenio de Estocolmo clasifica las sustancias COP en cinco anexos, en función de las medidas que se han decidi- do adoptar sobre ellas (eliminación, restric- ción o reducción de emisiones) o de la fase del proceso de evaluación de riesgos en que se encuentren”. -COP Anexo A: sustancias COP a eliminar -COP Anexo B: sustancias COP sujetas a res- tricciones de uso -COP Anexo C: sustancias COP cuyas emisio- nes han de reducirse -Candidato COP Anexo D: sustancia que reúne los criterios de selección para ser considerada COP por sus propiedades intrínsecas. -Candidato COP Anexo E: sustancia que reúne los criterios de selección como COP, y cuya evaluación de riesgos pone de mani- fiesto que puede ser transportada a larga dis- tancia en el medio ambiente, puede tener efectos adversos en la salud humana y/o en el medio ambiente. -Candidato COP Anexo F: sustancias COP que requieren acción global (han pasado las etapas previas de evaluación de los Anexos D y E) y que están en fase de evaluar las medidas globales a adoptar: eliminación, reducción de emisiones o restricción. La “docena sucia” No es el título de ninguna película. La “doce- na sucia” es una nómina de contaminantes para los que la Convención de Estocolmo pide “medidas internacionales”, eufemismo de “prohibición”. Entre los doce COPs sucios encontramos: -Pesticidas: aldrina, clordano, DDT, dieldri- na, endrina, heptacloro, mirex y toxafeno. La “docena sucia” (Contaminantes Orgánicos Persistentes) Anexo Nombre Número CAS Excepciones A. Eliminación Aldrina 309-00-2 Producción: ninguna Uso: insecticida y ecto-parasiticida A. Eliminación Bifenilos Policlorados Varios Producción: ninguna Uso: de acuerdo con la parte II del Anexo A del Tratado A. Eliminación Clordina 57-74-9 Producción: inscritos Uso: Ecto-parasiticida, termiticida y como aditivo para adhesivos de contrachapado A. Eliminación Dieldrina 60-57-1 Producción: ninguna Uso: operaciones agrícolas A. Eliminación Endrina (plaguicida) 72-20-8 Ninguna A. Eliminación Heptacloro 76-44-8 Producción: ninguna Uso: termiticida, cajas de cableado subterráneo A. Eliminación Hexaclorobenceno 118-74-1 Producción: inscritos Uso: solvente para insecticidas A. Eliminación Mirex 2385-85-5 Producción: inscritos Uso: termiticida A. Eliminación Toxafeno 8001-35-2 Ninguna B. Prohibición Dicloro difenil tricloroetano (DDT) 50-29-3 C. Producción intencionada Bifenilos Policlorados (PCBs) Varios C. Producción intencionada Dioxina y Dibenzofuranos Varios C. Producción intencionada Hexaclorobenceno 118-74-1 76 Sustancias reguladas o “docena sucia”, según el Convenio de Estocolmo, sobre las que es preciso actuar debido a sus efec- tos dañinos. Nótese que los Bifenilos Policlorados (PCBs) aparecen en las categorías A y C.