Congresos, jornadas y eventos PROTECCIÓN LABORAL 63 | 2oTrimestre10 162 S. P. presenten previsiones de personal”. En cuanto al aumento de la calidad de los SPA, dijo que se obtendrá con “la fijación de las bases de los recursos humanos y materia- les (pendiente de desarrollo), con la presta- ción de dichos recursos humanos a jornada completa, y la disposición de los recursos materiales en todo el ámbito territorial de actuación del SPA”. El ponente señaló que la mejora cualitativa se derivará también de la “actuación de los SPA en las cuatro disciplinas preventivas, con unas reglas de transitoriedad para permitir la adecuación a la exigencia”. Finalmente, des- tacó otros aspectos que han de influir en la mejora cualitativa de los SPA, como una defi- nición más concreta del contenido de los conciertos, y la revocación de acreditaciones, que puede desembocar en una suspensión por incumplimiento o revocación definitiva. Agustín Sánchez-Toledo Ledesma (Nuevos desafíos para el auditor) El auditor jefe de sistemas de gestión de seguridad y salud en el trabajo de Aenor sus- tanció la historia de las auditorías reglamen- tarias en el artículo 30.6 de la Ley de Pre- vención de Riesgos Laborales, destacando la incorporación del artículo 30.7, que estable- ce una única autorización de la autoridad laboral con validez para todo el territorio nacional. Recordó Sanchez-Toledo que la auditoría obliga a empresas de más de 50 tra- bajadores y que el periodo-plazo de repeti- ción de 2 y 4 años se pasa a 4 y 6 años. Tras repasar algunos de los aspectos norma- tivos nuevos del RD, el ponente hizo hinca- pié en que “hay algunas cuestiones sin resol- ver: ¿dónde están las normas técnicas para ejecutar las auditorías? No hay uniformidad de criterios”. En otro momento de su expo- sición, el auditor dijo que “la independencia es sólo un desiderátum hasta hoy”. Citó la norma que señala que “las auditorías deben ser ejecutadas por personas que posean conocimiento suficiente”, y se preguntó “¿qué se entiende por conocimiento sufi- ciente? Éste es un punto que no se ha fijado. Como tampoco existen datos del periodo óptimo de repetición de la auditoría”. En el epílogo de sus reflexiones, Sánchez- Toledo oteó el horizonte de las auditorías reglamentarias, sentenciando al respecto La calidad de los Servicios de Prevención no puede establecerse únicamente con ratios rígidos de número de horas o recur- sos humanos que “ayudan a las organizaciones, son una herramienta importante para decidir, e inte- grar en la organización la acción preventiva, de la cual ofrecen abundante información”. Manuela Brinques (Cambios desde la perspectiva del auditor) La última ponencia, pronunciada por la direc- tora técnica de la auditora Full Audit, abundó también en la perspectiva de los profesiona- les de la auditoría. Brinques destacó la unifi- cación documental que se deriva del RD y que la obligación de auditar sea para las empresas de más de 50 trabajadores, sobre lo que dijo que “quita obligaciones a las pymes que, en la práctica, ya lo tienen todo externa- lizado. El tema de los plazos, ampliado en dos años) es muy espinoso, especialmente para los que nos dedicamos a la auditoría”. En otro momento de su reflexión, Brinques abundó nuevamente sobre los periodos de la auditoría, señalando que “es una ambigüedad que deja a auditores/auditados sin saber qué hacer. Por otra parte, la ampliación de plazos relaja las obligaciones, aspecto que no es con- veniente. En cualquier caso, no se pueden ade- lantar acontecimientos, así pues tendremos que observar qué es lo que pasa con el tiempo”. En el debate que se suscitó al concluir las exposiciones de los ponentes, volvió a aflo- rar la idea de que tenemos RD, pero que- dan muchas cosas por definir. Los asisten- tes a la Jornada sustanciaron también sus dudas, entre las que encontramos las referi- das a: acreditación ante la autoridad laboral de los SPM (Servicio de Prevención Manco- munado), obligación de los técnicos de los SPA a una prestación a jornada completa (hay que esperar a la redacción definitiva, en opinión de los expertos), compatibilida- des entre servicios de prevención propios y mancomunados... RD 337/2010, acercar la norma a la pyme Las modificaciones del real decreto obedecen a la adaptación del ordenamiento jurídico a los objetivos fijados por la Estrategia Españo- la de Seguridad y Salud en el Trabajo para el período 2007-2012. Buena parte del mismo se dedica a la modificación del Reglamento de los Servicios de Prevención aprobado por Real Decreto 39/1997. No obstante se inclu- yen modificaciones puntuales que afectan a la ley 32/2006, reguladora de la subcontrata- ción en el sector de la construcción. En cuanto a la modificación del Reglamento de Servicios de Prevención, pueden distin- guirse dos áreas temáticas: la dirigida a facili- tar el cumplimiento de la normativa de pre- vención a las empresas, en particular para las pequeñas y medianas y, por otro lado, la que propicia la calidad y eficacia de los sistemas de prevención de riesgos laborales, con espe- cial atención a las entidades especializadas que actúan como servicios de prevención.