Tribuna  PROTECCIÓN LABORAL 39 | 2oTrimestre04 mente estamos ante una enfermedad profe- sional o no. Desde el INSS se vuelve a infor- mar a Osalan de la procedencia o no de la contingencia para registrar la EP y estable- cer los estudios correspondientes: visita de la empresa para comprobación in situ, soli- citar cambio de puesto del trabajador, reali- zar informes de prevención, etc... Afloramiento de E.P. Este novedoso sistema, que se encuentra aún en sus inicios, está consiguiendo que se registren y afloren enfermedades profesio- nales que antes no se registraban y eran asu- midas por el sistema de salud, cuando la contingencia le corresponde realmente a las MATEPSS. Así, de constar un solo cáncer de origen laboral en el año 2008, se ha pasado a registrar en 2009 con este sistema un total de 6 cánceres de origen profesional. Afrontamos actualmente el reto de hacer una campaña intensa en el servicio vasco de salud para que se implique en el registro. Creemos que facilitando el mismo vía on- line, la notificación irá en aumento, consi- guiéndose poco a poco normalizar una situa- ción que hasta la fecha era irreal, así como ir alcanzando los objetivos previstos. *Pablo Uriarte. Subdirector de Planificación de Osalan. Sistema unificado para la identificación de riesgos laborales Xavier Panadès Gella* Es necesario profundizar sobre el con- cepto de “riesgo laboral”, sobre su sig- nificado, tipología y límites. Es difícil encontrar enfoques que integren la diversi- dad de naturalezas que esconde un concep- to tan relevante en la disciplina de la seguri- dad y salud en el trabajo. La identificación y evaluación de los riesgos son los procesos en los que esta necesidad se hace más patente. Por ello, la Dirección de Seguridad e Higiene de Asepeyo ha desa- rrollado el “sistema unificado para la identi- ficación de riesgos laborales”, del que habla- mos en este artículo. Análisis global La evaluación de riesgos ya estaba amplia- mente descrita a través de métodos específi- cos de gestión del riesgo de accidente y en el campo de la higiene industrial. No obs- tante, la Directiva del Consejo 89/391/CEE introduce una nueva visión. Plantea la eva- luación como actividad globalizadora de análisis de todos los riesgos laborales exis- tentes, paso obligado antes de la adopción de medidas preventivas. Asepeyo es una Mutua de accidentes de trabajo y enferme- dades profesionales de la Seguridad Social que dispone de más de 300.000 empresas asociadas, lo que representa más de 2.300.000 trabajadores protegidos. La Direc- ción de Seguridad e Higiene es la unidad de Asepeyo que ejerce funciones de dirección funcional a un colectivo de más de 150 pro- fesionales que trabajan en Asepeyo prestan- do el servicio de información, formación, asistencia técnica y asesoramiento en pre- vención de riesgos a sus empresas asociadas. Como parte de su trabajo, la Dirección de Seguridad e Higiene de Asepeyo llevó a cabo un estudio, publicado en el año 2005, en el que analizaban un total de 26 procedimien- tos de evaluación de riesgos desarrollados en España entre los años 1995 y 2004. Entre otros aspectos, el mencionado estudio analizó los métodos utilizados por los proce- dimientos de evaluación para la identifica- ción de riesgos. El resultado fue que: •13 procedimientos (50% del total) exigían al usuario la identificación del riesgo a través de una lista de riesgos codificada. •El 50% restante no lo exigía, aunque en ocasiones proporcionaban una lista de refe- rencia como orientación o ayuda. Una de las conclusiones del estudio fue la siguiente: “Es importante que el procedi- miento contenga las definiciones y explica- ciones conceptuales necesarias para su apli- cación. En este sentido es en el que las listas de verificación de condiciones y las listas de identificación de riesgos pueden aportar su valor real.” El estudio concluyó también que la lista de riesgos más utilizada en los procedimientos era la “Forma” incluida en el modelo de Parte de Accidente de Trabajo establecido por la Orden de 16 de diciembre de 1987. La mencionada Orden fue derogada por la Orden TAS/2926/2002, de 19 de noviembre, la cual estableció una nueva lista “Forma- Contacto” (tabla 5 de su anexo II). Ni la lista actualmente en vigor ni la lista ya derogada satisfacen plenamente las necesi- dades que surgen en los procesos de evalua- ción de riesgos. Son listas para la codifica- ción de contactos de accidentes reales, con fines estadísticos. La evaluación de riesgos es una actividad con finalidad preventiva, actúa antes de la fase de contacto. Su finali- dad es la identificación de peligros, de con- ductas o condiciones con potencial de acci- dente. Ambas listas tienen otra limitación importante. Están destinadas a la codifica- ción de accidentes, por lo que excluyen los riesgos de enfermedad profesional y los ries- gos laborales estudiados por la ergonomía y la psicosociología. *Xavier Panadès Gella. Área de Sistemas de Gestión de Seguridad, ASEPEYO