2CoTorimnesgtrer0e4 s| oPROsT,ECjCoIÓrNnLAaBdORaALs39y39eventos CongresoPsR,OTjEoCCrIÓnNaLAdBOaRsALy39 |e2voTerimnestroe0s4 El primer artículo de la propuesta de Ley: ¡reivindicarás tu papel social! El enunciado del primer artículo de la pro- puesta de Ley Reguladora del Técnico de Prevención dice: 1. Se regula la profesión de Técnico Supe- rior de Prevención de Riesgos Laborales, para la que se exigirá el título universita- rio de Master en Prevención de Riesgos Laborales, establecido por el Gobierno a propuesta del Ministerio de Ciencia e Innovación, de acuerdo con el procedi- miento incluido en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñan- zas universitarias oficiales. 2. El programa de dicho Master recogerá como mínimo los contenidos del Anexo VI del citado Reglamento de los Servicios de Prevención. 3. Los Técnicos Superiores de Prevención de Riesgos Laborales tienen la capacidad profesional para asesorar y asistir al empresario, los trabajadores o sus repre- sentantes y los órganos de representación especializados, en las materias estableci- das en el artículo 31.3 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. 4. Los Técnicos Superiores de Prevención de Riesgos Laborales, como expertos que son, tienen la capacidad profesional para poder asumir las especialidades o discipli- nas preventivas de seguridad en el traba- jo, higiene industrial, ergonomía o psico- sociología aplicada. 5. Los Técnicos Superiores de Prevención de Riesgos Laborales ejercen funciones relativas al diseño preventivo de los pues- tos de trabajo, la identificación y evalua- ción de los riesgos, los planes de preven- ción y los planes de formación de los trabajadores. 6. Los Técnicos Superiores de Prevención de Riesgos Laborales podrán ejercer sus funciones directamente en el seno de las empresas como profesionales autónomos y a través de la figura del trabajador desig- nado, o integrarse en un Servicio de Pre- vención propio de una empresa o en una entidad que actúe como Servicio de Pre- vención ajeno. tor es de veintidós mil puestos de trabajo de especialistas bien experimentados en las diferentes áreas de la prevención laboral (ergonomía, psicosociología, higiene y segu- ridad)”. En este sentido, Fernández subrayaba que, “por mucho empeño que se ponga, resulta imposible formar a un técnico superior, especialista en una rama preventiva -como lo permite este sistema y como se está reali- zando-, mediante un curso a distancia de seiscientas horas”. Si bien en el 2001 se aprobó una rama de segundo ciclo de formación profesional que habilita para el ejercicio de las funciones del Técnico Intermedio, y que ha supuesto el agotamiento del sistema provisional de acce- so a esta escala, lo cierto es que la desregu- lación ha generado una pugna de los dife- rentes modelos de acceso a la formación ocupacional por acaparar cotas de forma- ción para esta profesión. Acceso provisional y sobre-oferta formativa Fernández también argumentó que, después de más de doce años de configurarse estas nuevas profesiones, aún persiste el sistema de acceso provisional para la escala de Téc- nico Superior. “La desregulación –decía Fer- nández- ha generado una carrera imparable de las Universidades por hacerse con el lide- razgo de la formación en esta profesión, de manera que en estos momentos veintidós universidades españolas están ofreciendo una formación de postgrado en prevención de riesgos laborales, que no garantiza el reconocimiento del acceso a la profesión y que supone la ampliación y perpetuación del actual y aberrante modelo de formación de dichos Técnicos superiores, ya que ofre- ce la titulación a través de un curso teórico de tan sólo 60 créditos europeos ECTS”. El modelo formativo a seguir Para AEPSAL, el modelo adecuado de titula- ción de estos profesionales habría sido el que actualmente predomina en la Unión Europea -donde los Técnicos Intermedios se encuentran ubicados en la formación profe- sional de primer grado y los Superiores en el segundo grado-, y, una vez consolidado el sistema, elevarlo de nivel -los Intermedios al ciclo formativo de segundo grado y los Supe- riores al Grado Universitario, dejando las especializaciones de éstos para el Postgrado. Sin embargo, debido a la actual situación de descontrol, que ha posibilitado que las Uni- versidades tomen el timón de la formación de los Técnicos superiores y la ubiquen directamente en el Postgrado, la regulación que AEPSAL propone para estos Técnicos superiores, contemplada en su propuesta de Ley, es su ubicación directa en el Grado uni- versitario, y la de las especializaciones en el Postgrado. Consecuencias indeseables de la desregulación Las consecuencias de la desregulación en la formación son “el derroche de fondos públi- cos de nuestras administraciones y de la Unión Europea, invertidos en formar a estos titulados, que podrían haberse destinado a formar menos técnicos, pero mejor prepara- dos. Otra consecuencia ha sido la creación de una bolsa de doscientos treinta mil titulados frustrados, que han puesto su dinero y su ilu- sión en estas profesiones, pero que no encuentran trabajo en el sector. También se ha consumado la precarización e indefen- sión de los profesionales ocupados, así como el aislamiento de los Técnicos inter- medios”. Según Fernández, como consecuencia de la desproporción entre los titulados y los pues- tos reales del sector, las escasas ofertas de plazas de técnicos de prevención que salen al mercado presentan cada vez un mayor volumen de exigencias y de requerimientos y un menor nivel de contraprestaciones. “La situación es tal, -argumentó Fernández- que, en estos momentos, están apareciendo ofer- tas en el mercado para las que se requiere tener una carrera técnica y todas las especia- lidades preventivas, una experiencia de años de servicio y una gran disponibilidad horaria y de movilidad, con un salario de 16.000 euros anuales, cuando hace doce años las ofertas salían con no menos de 24.000 euros”. Al no existir una distinción clara entre el estatus y las funciones de las dos escalas de técnicos, estas ofertas siempre demandan exclusivamente Técnicos superiores, ya que