3oTrimestre08 | PROTECCIÓN LABORAL 56  Tribuna ¿Por qué “educación continuada”? La transversalidad que se le requiere al sistema educativo tiene su origen en el hecho de que la prevención de riesgos laborales es en sí misma transversal, esto significa que afecta a todas las profesiones, oficios y especialidades; es materia de todos. Pere Teixidó i Campàs* La transversalidad que se le requiere al sistema educativo tiene su origen en el hecho de que la prevención de riesgos laborales es en sí misma transversal, esto significa que afecta a todas las profesiones, oficios y especialidades; es mate- ria de todos. La formación reglada comienza en todos los países europeos abarcando una amplia gama de conocimientos y habilidades generales (enseñanza primaria y buena parte de la ESO), para ir –a medida que avanza y comienza a estar dirigida a sujetos adultos– adquiriendo cada vez más especificidad: carreras universi- tarias, profesiones u oficios específicos, en los que el eje de la formación es la profundización y desarrollo de los conocimientos y habilida- des propios de cada especialidad. Así, la for- mación de postgrado y la formación continua- da en los respectivos oficios y profesiones se caracteriza también por ahondar y actualizar los conocimientos y técnicas propios de esa línea longitudinal eje de cada especialidad. Sin embargo, todas las profesiones y oficios se nutren también para su ejercicio de saberes y destrezas que no les son inherentes pero que son los que les permiten una inserción eficaz en el entramado socio-económico; así un inge- niero químico necesitará de unos conocimien- tos mínimos de comunicación escrita a la hora de redactar sus informes, un médico generalis- ta realizará mejor las anamnesis si domina las técnicas de entrevista, o un oficial carpintero deberá adquirir algunas habilidades de gestión de stocks para asegurarse la disponibilidad de materiales y herramientas en su taller o en el área de la empresa en la que trabaje. Todos éstos son ejemplos de conocimientos necesarios para la eficacia del desempeño que caen fuera de la formación específica –reglada o no reglada– de la profesión en cuestión y que forman parte de “la educación para el trabajo”; no hace falta una reflexión muy profunda para caer en la cuenta de que lo que habitualmente denominamos “profesionalidad” se compone en gran medida de estos atributos que, en el mejor de los casos, son contemplados trans- versalmente en la formación específica. La prevención de riesgos laborales forma parte de la educación para el trabajo en todas ellas y en todos los oficios. La prevención de riesgos laborales –además de constituir en sí misma una especialidad y por tanto una de las profesiones posibles– forma parte de la educación para el trabajo en todas ellas y en todos los oficios. El término educa- ción proviene en nuestra lengua del latín (ducere, conducir, enseñar a conducirse) y que su significado aplicado a los niños es el de “preparar la inteligencia y el carácter para vivir en sociedad” y cuando se refiere a un adulto o colectivo de adultos se utiliza en el sentido de “preparar a alguien para cierta función o para vivir en cierto ambiente de determinada mane- ra”. Teniendo en cuenta tal definición, parece sensato reservarla para esta transmisión de conocimientos, normas y pautas de preven- ción de riesgos a todos los campos de la activi- dad productiva, articulándola así con la forma- ción específica para cada profesión y oficio, tal como está utilizada en la correspondiente Orden Ministerial. Por otra parte, y retomando el concepto de profesionalización, se observa claramente que entre los conocimientos y principios de prevención de riesgos que proporcionaría el sistema educativo mediante la instauración de la transversalidad, y la aptitud para el tra- bajo seguro que debe procurar la empresa a todo su personal ocupado, se abre un área que afecta a toda la población activa y que consiste, cuando menos, en el refuerzo y actualización permanentes de dichos conoci- mientos y principios. Si ese espacio y sus fun- ciones no están asumidos por algunas insti- tuciones, se hará muy difícil a las empresas obtener la aptitud, pues se encontrarán en el mercado de trabajo con una población activa carente de cultura preventiva. El Comité Consultivo en Seguridad y Salud de la Unión Europea recoge esto de forma expresa cuan- do, en su documento “Education and Trai- ning”, recuerda que el principal objetivo en este ámbito de la Declaración de Roma es “preparar y sostener a la población a lo largo de su vida” en la seguridad y salud en el tra- bajo. Conviene además tener en cuenta la futura prolongación de esa vida laboral; la Estrategia Europea dice en su introducción: “El Consejo Europeo de Barcelona acordó que de aquí a 2010, la Unión Europea debe- ría intentar elevar progresivamente en torno a cinco años la edad media efectiva a la que las personas dejan de trabajar en la Unión Europea. Tanto la organización moderna del trabajo como la salud y la seguridad en el entorno laboral pueden contribuir en gran medida a ello garantizando el bienestar en el trabajo, sacando el máximo provecho de la capacidad de trabajar de todos y previniendo la salida prematura del mercado laboral”. Se trata entonces de una labor permanente y extendida en el tiempo que justifica de pleno el denominarse “educación continuada” Pere Teixidó i Campàs. Director de Prevención. Mutua Universal. “¿Por qué educación continuada?” es el apartado 3 del artículo: “Educación continuada en prevención: la profesionalización”.