3oTrimestre08 | PROTECCIÓN LABORAL 56 Información empresarial STS Los productos de uso limitado y sus ventajas Desde hace casi veinte años, STS fabrica productos de propileno de uso limitado destinados principalmente a la industria agroalimentaria, a los que se fueron sumando los complementos que configuran la indumentaria completa de los traba- jadores de este sector. STS utiliza en la fabricación de sus pro- ductos polipropileno con contenido celulósico que aporta protección en la categoría 1. Entre las diversas funciones que cumple este material están, proteger el ves- tuario del trabajador, impedir la contamina- ción a través de productos pulverulentos no agresivos y ejercer un efecto higrométrico al contacto con ambientes húmedos y sustan- cias levemente viscosas. En general, puede afirmarse que las prendas que configuran esta gama de productos están indicadas para usos de alta protección aséptica. Estos artí- culos resultan también indispensables para los visitantes que acuden a una planta de pro- ducción. Sobre el significado de ‘productos de uso limitado’ Armando Ramos, gerente de STS, nos expone: “Se trata de artículos que deben estar regulados por el jefe de seguridad o higiene de la empresa ya que, dependiendo de la dureza del trabajo o del contacto de estas prendas con substancias más o menos agresivas, su duración puede variar”. En la oferta de STS se encuentran también productos de tejidos-no tejidos que impiden la contaminación cruzada, del individuo al producto y del producto al individuo. Para la industria agroalimentaria STS fabrica gorros, cofias, manguitos, cubrecalzado con diferentes puntos de apoyo para evitar los deslizamientos, batas, casacas y pantalones, delantales y otros complementos. Según la información que nos suministra el departamento de ventas de STS, en el momento de la compra de este tipo de pro- ductos hay que ser muy cauto, ya que no todos los productos de uso limitado son igua- les. Cuando tienen poco gramaje sus presta- ciones no son las mismas. Por otra parte, lle- gan muchos artículos del sudeste asiático que han sido evaluados con parámetros mucho menos rigurosos que los establecidos por la normativa europea, motivo por el cual el distribuidor que atiende al cliente final debe de estar bien informado. Finalmente, Armando Ramos nos da su opi- nión sobre la aceptación en nuestro país de los productos de uso limitado: “En España el empresario es poco dado a invertir en artícu- los que no tengan permanencia, como tampo- co lo es en contratar servicios de alquiler y mantenimiento de vestuario. Sin embargo, cuando el comprador potencial estudia los costes, llega a la conclusión de que la utiliza- ción de este tipo de productos significa un ahorro. Sobre el camino que nos queda por recorrer, las cifras hablan por sí mismas. En nuestro país la venta de buzos de uso limitado para evitar la contaminación química categoría III es de dos millones de unidades, mientras que en Alemania asciende a treinta millones”.