Entrevista  PROTECCIÓN LABORAL 52 | 3oTrimestre07 natorias seguidos y recaídas por estas infrac- ciones imprudentes representa casi el 95% del total, lo que supone que los procedi- mientos y sentencias por delitos de riesgo - en los que no se produce un resultado lesi- vo- es hasta el momento muy bajo, superan- do apenas el 5% del total. Por ello, la res- puesta concreta a la pregunta formulada es que las figuras delictivas que normalmente suelen aplicarse en materia de siniestralidad laboral son las correspondientes a los delitos de homicidio y lesiones imprudentes. -En alguna manifestación a los medios, usted ha reclamado la “persecución de los delitos de riesgo grave con mayor celo”. ¿Cree que hemos mejorado algo durante este último año? -J. M. O. Es verdad que, durante mucho tiem- po, los delitos de riesgo han tenido escasa, por no decir nula, aplicación. Una de las líneas de actuación que pretendo potenciar es precisa- mente dedicar especial atención a promover la aplicación de estos tipos de peligro, que suponen un adelantamiento de la barrera de protección penal sobre la base, lógica por demás, de que sancionando la creación de situaciones de riesgo grave para la vida o la salud del trabajador por incumplimiento de la normativa preventivo-laboral, debiera evitarse el resultado lesivo ya irreversible. En esta pretensión algo se va consiguiendo. Los datos estadísticos referidos a sentencias de las Audiencias Provinciales dictadas en recurso de apelación nos muestran que, si bien el porcentaje de sentencias condenato- rias exclusivamente por delito de riesgo es, como se ha dicho, bastante reducido, las condenatorias conjuntamente por delitos de riesgo y de resultado lesivo son más numero- sas y suponen casi la mitad de las dictadas (casi un 43%), por lo que aunque queda mucho por hacer, lo cierto es que poco a poco se va mejorando en la persecución y castigo de estos delitos de peligro, para lo que la coordinación con las autoridades labo- rales estatales y autonómicas es fundamental, al ser éstas las que pueden proporcionar la “notitia criminis” de aquellas situaciones de riesgo que pueden llegar a ser punibles. -¿Existe un déficit de celo en la sociedad en su conjunto (trabajadores, empresarios, ins- tancias judiciales) por todo lo que represen- ta prevención como una pauta de conducta indispensable en el día a día y en todas nues- tras actividades? -J. M. O. Ya me he referido antes a los negati- vos datos comparativos que nuestro país refleja en relación a los de su entorno euro- peo. En España ha existido una importante intensificación de los procesos productivos –especialmente en el ámbito de la construc- ción- que no ha ido acompañada de la nece- saria implementación y puesta al día de las medidas de prevención laboral. El déficit social fue detectado por los poderes públi- cos, que han tratado de proporcionar los medios legales –que yo considero en general adecuados- y los medios de control del cum- plimiento de esa normativa preventivo-labo- ral –que yo considero todavía insuficientes-. Estos déficit los hemos pagado con un coste en vida y salud de los trabajadores absoluta- mente inaceptable. Creo que la sociedad ha tomado conciencia de ello, y la reacción se está produciendo. Los medios de comunica- ción, tan sensibles a la opinión social, son buen ejemplo de ello. Las noticias de los acci- dentes laborales más graves siempre se han producido con puntualidad, pero en los últi- mos años el tratamiento periodístico –en general y por supuesto de las revistas espe- cializadas en temas laborales- de la accidenta- lidad laboral ha sido más profundo y valorati- vo, lo que refleja ese cambio de estado de opinión generalizada conforme al cual se considera que no es tolerable aquél coste humano, que la sociedad no se aquieta ante ello y así trata de expresarlo. Esto es muy positivo y se inscribe en ese movimiento de transformación y cambio al que creo que estamos asistiendo. Creo que ya no se admite resignadamente que la accidentalidad laboral sea una suerte de precio a pagar por el pro- greso y el aumento de la riqueza, por lo que el déficit de celo a que su pregunta se refiere –que ciertamente creo que existió- se está corrigiendo. Lo que sí es necesario, en todo caso, es que se traduzca en frutos tangibles. Todos debemos empeñarnos en ello y, en lo que a la respuesta penal se refiere, el Minis- terio Fiscal debe actuar con el mayor rigor legal, en cumplimiento de su misión consti- tucional de procurar la satisfacción ante los Tribunales del interés social, y éste de la evi- tación de la siniestralidad laboral es, sin duda, un interés social de primera magnitud. -Hace un año, aproximadamente, la Fiscalía aludía a otro déficit, referido esta vez a la aplicación del Código Penal. ¿Cómo esta- mos a día de hoy? -J. M. O. La actividad del Ministerio Fiscal y de la jurisdicción penal en general se ha intensificado notablemente en este último año. Ya he dicho que todavía no disponemos de un programa informático que nos permita ofrecer datos plenamente fidedignos, si bien hemos conseguido recabar unos datos -que deben considerarse mínimos-, conforme a los que sí se aprecia un incremento de la acti- vidad del Ministerio Fiscal y de la jurisdicción penal. Así, como se ha adelantado, durante el año 2006, el Ministerio Fiscal incoó un míni- mo de 2.092 Diligencias de Investigación por hechos derivados de la siniestralidad laboral, presentó al menos 372 denuncias o querellas por presuntos delitos de riesgo o de resulta- do lesivo, formuló, también al menos, 350 escritos de acusación por delitos derivados de la siniestralidad laboral, cifras todas ellas que reflejan claramente una mayor actividad Juan Manuel de Oña Navarro, Fiscal de Sala Delegado Coordinador de Siniestralidad Laboral.