1oTrimestre07 | PROTECCIÓN LABORAL 50  Tribuna usuario de estos productos. Por una parte el económico, ya que el producto no se identi- fica con la calidad esperada, y por otra parte -y mucho más grave desde nuestro punto de vista- la falta de protección que en muchos casos estos productos importados ofrecen. Al caso de Francia se sumarán en breve otros estudios sobre los productos de importación que, como en el caso del calzado esta vez en nuestro país, van a mostrar la inexistencia admi- nistrativa de un sistema para proteger al usuario de importaciones que claramente incumplen los requisitos mínimos de protección que se les supone por el mero hecho de permitir su comercialización en el ámbito europeo. La organización de la administración españo- la es un caso más de esa ausencia de contro- les administrativos en los EPI importados. Ni la Administración general del Estado ni las administraciones locales disponen de un sis- tema que sea capaz de filtrar y controlar las importaciones de EPI eficientemente. Hay importadores no precisamente especializa- dos en el campo de EPI que colocan partidas de esos productos no aptos para su comer- cialización en nuestro mercado de diferente proveedor cada vez. Al no hacerse un míni- mo control de especificaciones en su entrada a la UE, el producto llega al mercado y se con- sume antes de su posible retirada. Tal extre- mo no sucedería si se aplicase algún control mínimo a su entrada en el espacio de la UE. Esta carencia en el control de los EPI impor- tados tiene consecuencias nocivas para el sector europeo, preocupado por avanzar téc- nicamente, poniendo a disposición del usua- rio la última tecnología en materia de preven- ción de riesgos y en mejorar continuamente las especificaciones técnicas de sus produc- tos. Se produce una competencia desleal de unos productos baratos que en su mayoría no satisfacen los requisitos mínimos de seguri- dad exigibles. Competencia desleal que supo- ne poner en igualdad de condiciones produc- tos importados sin control, inseguros, baratos y deficientes, frente a otros certificados y fabricados por fabricantes europeos que cumplen notablemente con los requisitos establecidos en las normas europeas deriva- das de la Directiva 686. Esta competencia des- leal merma los resultados de las empresas europeas que invierten en tecnología y que fabrican bajo las especificaciones de las nor- mas armonizadas. Además, cuestiona las bue- nas prácticas que se derivan de la aplicación de la propia directiva sobre EPI. ASEPAL como asociación, al igual que todos los miembros de la ESF en el ámbito de Europa, puede colaborar con la Administración con el fin de cambiar esta situación. Un primer paso de esta colaboración con la Administración europea sería la elaboración de guías de control en aduanas y en el mercado, que permitan a las autoridades competentes establecer un control de mínimos de la calidad de estos productos. Al mismo tiempo, mejorar la formación de los téc- nicos que han de llevar a cabo dicho control. Sin duda que acciones de este tipo permitirían con el tiempo desterrar del mercado productos inadecuados para la seguridad de los usuarios y, por lo tanto, no aptos para su puesta y comer- cialización en el mercado europeo. *Juan José Expositor Gerente ASEPAL