RIESGOS MUSCOESQUELÉTICOS realizar una fuerza excesiva. Los movimientos repetitivos durante largos periodos pueden provocar fallos del aparato locomotor. Se habla de trabajo repetitivo cuando se mueven, una y otra vez, las mismas partes del cuerpo, sin posibilidad de realizar descansos puntuales o bien de variar la forma de ejercer los movimientos. Se determinan en referencia a la duración de los ciclos de trabajo, así como a la frecuencia y el grado de esfuerzo de la actividad reali- zada. Además, la manipulación frecuente y repetida de objetos (movimientos repetidos de miembros superiores) puede ser perju- dicial para la musculatura, aunque el peso o las fuerzas ejercidas para manipular los objetos sean pequeñas. El esfuerzo muscular provocado por posturas forzadas y estáticas se produce cuando los músculos permanecen en tensión durante mucho tiempo para mantener una postura corporal. Si durante esas tareas el músculo no se tiene oportunidad de distenderse, puede sobrevenir la fatiga muscular, aunque la fuerza ejercida sea pequeña, y los músculos pueden entorpecerse y doler. En algunos trabajos como sostener un taladro, o permanecer en cuclillas los esfuerzos musculares estáticos en de los brazos o en las piernas cuando se permanece en cuclillas dificultan la circulación de la sangre. También podemos tipificar como actividad muscular estática en los trabajos que: Se trabaja con el tronco inclinado. Se sostienen objetos con las manos. En las manipulaciones con las manos alejadas del cuerpo o por encima del nivel de los hombros. Se permanece de pie durante 69 La sinovitis puede aparecer en muchos tendones. El calzado adecuado, la corrección de los hábitos de carrera y marcha y la prevención de las situaciones de estrés excesivo en el trabajo suelen ser beneficiosas. Crédito imagen: W. L. Gore & Associates. GTX Stretch Safety. Normativa. Notas Técnicas de Prevención INSST. Directivas Europeas Normativa • Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. • RD 39/1997 de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. • RD 487/1997 de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores. • RD 488/1997 de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización. • RD 486/1997 de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. • RD 773/1997 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. • RD1215/1997 de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas. Notas Técnicas de Prevención del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSST) • NTP 177: Carga física. • NTP 311: Microtraumatismos repetitivos: estudio y prevención - Año 1993. • NTP 413: Carga de trabajo y embarazo. • NTP 629: Movimientos repetitivos: métodos de evaluación Método OCRA: actualización - Año 2003. • NTP 657: Los trastornos músculo-esqueléticos de las mujeres (I): exposición y efectos diferenciales - Año 2004. • NTP 658: Los trastornos músculo-esqueléticos de las mujeres (II): recomendaciones preventivas - Año 2004. • NTP 844: Tareas repetitivas: método Ergo/IBV - Año 2009. Principales Directivas relacionadas con la prevención de los trastornos musculoesqueléticos • Directiva 89/391/CEE, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y la salud de los trabajadores. • Directiva 90/270/CEE, relativa a las disposiciones mínimas en materia de salud y seguridad del trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización. • Directiva 90/269/CEE, sobre las disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas.