52 La labor de los Comités de Normalización en la certificación de calzado de uso profesional Cuando hablamos de calzado de uso profesional debemos saber que estamos ante un equipo de protección individual (EPI) y que, como tal, debe estar sometido a un proceso de certificación para poder comercializarse. Esto implica que las empresas de nuestro sector deben fabricar el calzado de acuerdo a unos requisitos concretos para cada fin, que un laboratorio acreditado debe comprobar el cumplimiento de esos requisitos de acuerdo a unos métodos de ensayo armonizados y que un Organismo de Control otorgue el correspondiente certificado de acuerdo con el Reglamento 2016/425. Estos requisitos y métodos de ensayos se establecen en unas normas o estándares armonizados cuya elaboración está a cargo del Comité de Normalización CEN/ TC161 que se encarga de la protección de pies y piernas. Dra. Ana Torró, responsable de Certificación en Inescop