análisis se realiza por cromatografía CG-MS-MS, que resulta más especí co que CG-MS. Ha de uti- lizarse patrón interno deuterado. Atendiendo a las a rmaciones del Dr. José Juan Gaforio, Catedrático de la UJA, los ftalatos constituyen un conjunto de compuestos químicos que están catalogados como disrruptores endocrinos, afectando al sistema endocrino humano. En la literatura cientí ca se pue- den consultar estudios que relacionan la exposición a alguno de estos compuestos con distintas pato- logías, entre las que se encuentran: problemas de fertilidad, disminución del número de espermato- zoides, disminución de los niveles de testosterona, enfermedades respiratorias, obesidad en los niños, desórdenes neuropsicológicos, disminución de hormonas tiroideas, asma, alergia, malformaciones genitales, incluso, cáncer de mama. Según Juan Ramón Hidalgo CEO-Director de Food Legal Solutions y abogado-consultor de Derecho Alimentario, el legislador comunitario es consciente de que dichos materiales y objetos plásticos, cuando entran en contacto con el aceite de oliva, pueden transferir sustancias tóxicas al producto nal que pongan en riesgo la salud pública y la seguridad alimentaria. Las normas UE son lo su cientemente rigurosas como para establecer unos límites de migración especí cos y globales lo más bajos posi- bles, para alcanzar un nivel elevado de protección de la salud del consumidor nal. El productor, el envasador y el distribuidor de aceite de oliva tienen la obligación de controlar dichos límites de migración de ftalatos en el producto nal, tomando conciencia de que la superación de dichos límites determina la prohibición absoluta de comer- cializarlo en el ámbito de la UE, por infracción de las normas mínimas de seguridad alimentaria. Y todo ello, sin perjuicio de posibles responsabilidades civi- les, administrativas y penales.• 13 CAPÍTULO 3