es un casco, ni la descripción de producto ni la adverten- cia del fabricante, fueron suficientes para las autoridades de Finlandia, las cuales determinaron que no se reunían los requisitos para poder comercializar los gorros como EPI de Categoría I, y por ende prohibieron la comerciali- zación del producto. La legislación sobre seguridad de producto en la Unión Europea protege a los usuarios de los daños que pueden derivarse del uso previsto o previsible de un producto, por lo que los fabricantes deben poner gran énfasis en dos aspectos: primero, cumplir con la legislación aplicable en materia de seguridad de producto (en el caso de los EPI, el RD 1407/1992); segundo, dar una información con- creta y precisa acerca de las propiedades del producto para que su uso sea seguro en las condiciones de utiliza- ción previstas o razonablemente previsibles. En este último punto, y centrándonos ya en lo relativo a los EPI, volvemos a incidir en la importancia vital del fo- lleto informativo. Uno de los muchos problemas que ob- servaron las autoridades finlandesas en el gorro que comentábamos más arriba es que no iba acompañado de las instrucciones de uso. Sin este documento, el usuario no puede saber en qué situaciones puede utilizarse un EPI o cuáles son sus límites de utilización. Desde Asepal nunca nos cansaremos de insistir en la importancia que este documento tiene para los usuarios, y también para los fabricantes. Un folleto informativo que no se ajuste a lo establecido en la legislación y normativa aplicable, puede ser una fuente de peligro para el usuario, y como tal debieron percibirlo las autoridades finlandesas para prohibir la comercialización del producto. Desde la experiencia de la asociación acumulada a lo largo de sus 25 años de historia, puede constatarse la im- portancia que tiene para las autoridades de vigilancia de mercado, como Soivre o las distintas consejerías de con- sumo, la información que se transmite a los usuarios me- diante la presentación del producto (folletos comerciales, apariencia del producto, canales de distribución, etc.) y mediante el folleto informativo. Así, un gran número de actuaciones de las autoridades se centran en que el fo- lleto informativo se ajuste a lo exigido por las normas apli- cables. En esta línea, la asociación siempre asistirá a sus asociados desde el punto de vista técnico a la hora de re- solver sus dudas o consultas acerca del contenido del fo- lleto informativo.I