OPINIÓN LA CONTRARREFORMA ENERGÉTICA en el contexto Europeo José Donoso, Director General UNEF (Unión Española Fotovoltaica) Tras 12 años de turbulenta vida de la Ley 54/1997 del Sector Eléctrico, el Gobierno de España ha decidido que es el momento de una profunda modificación del marco legislativo. Existe un consenso en que la mul- tiplicidad de reformas parciales, reales decretos en uno y otro sentido, el cambio de ciclo económico y la evolución tecnológica exigían un proceso reformador. Sin embargo, el Gobierno ha decidido acometerlo unilateralmente, con urgencia y sin tener en cuenta ni a los afectados ni a los organismos reguladores. Algo impensable en cualquier otro país de nuestro entorno. Como comparación tan sólo hay que observar cómo actúan nuestros vecinos en un sector tan sensible como el eléctrico. Países como Portugal, Alemania o Gran Bretaña, han realizado reformas menos relevantes con procesos públicos que llegan a durar 4 años. En España, contra toda lógi- ca, el gobierno ha optado por una reforma que reesta- blece un modelo energético del pasado, una “contrarreforma” retroactiva, que no permite la com- petencia y que hiere de muerte a sectores como el fotovoltaico. Una “contrarreforma” que, de llevarse a cabo en su actual filo- sofía existirán claros perdedo- res: el ciudadano, el tejido pro- ductivo, la seguridad jurídica, la libre competencia y las tecnolo- gías renovables-. La contrarreforma del Gobierno coloca a la sociedad fotovoltaica en una encrucijada. Por un lado se quebranta la seguridad jurídica de las instalaciones existen- tes. Una decisión que deja en más absoluto desamparo a los inversores que respondieron a las señales políti- cas y económicas que ofrecieron el propio Gobierno y la Unión Europea. Por otro lado, el nuevo marco legislativo propuesto hace inviable el desarrollo del autoconsumo hasta en sus usos más restrictivos. No es opinión, una vez más es la posición expresa tanto de la Comisión Nacional de la Energía como de la Comisión Nacional de la Competencia en sus recientes informes. 12 EDH