45 40 35 30 25 20 15 10 5 0 41 29 22 15 457 12 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 Cumulative number of U.S shared solar programs, 2006-2014 (Feldman, Brockway, Ulrich, & Margolis, 2015) Agos. ́14 ánimo de lucro. Esa organización puede usar la energía generada o venderla a la eléctrica local para obtener créditos en la factura. Este tipo de modelo es muy común en escuelas o iglesias. Ninguno de los modelos es siempre el más adecuado, cada uno tiene su ventajas y desventajas. Por lo tanto, la elección de uno u otro debe hacerse caso por caso. Según el modelo, se puede acceder, o no, a distintos tipos de incentivos. En cuanto a los partícipes de la instalación, existen diferentes modalidades. Pueden adoptar un modelo de propiedad o uno de suscripción. En el modelo de propiedad, los clientes compran un cierto número de paneles de la instalación solar comunitaria, ya sea por adelantado o a través de un préstamo. En el modelo basado en suscripción, el promotor gestiona la inscripción y la facturación de los partícipes. El tipo de contrato puede ser tipo alquiler, una cuota mensual al igual que se hace en industrias como la del automóvil, o tipo contratos de compra de electricidad, a un precio €/kWh jado. Finalmente, como re ejo del éxito de este modelo, Estados Unidos ha pasado de tener una sola comunidad solar compartida a más de un centenar en los últimos 10 años. Además, NREL, la organización americana mencionada anteriormente, estima que pueden representar entre el 39% y el 49% del mercado fotovoltaico de generación distribuida en 2020. Así, aunque no siempre es válido extrapolar de un país a otro, vale la pena re exionar sobre cómo se puede adaptar este modelo a España, un país con grandes recursos solares, pero que ha vivido una década de convulsiones legislativas que ha tenido prácticamente paralizadas las inversiones en energía solar y en particular a nivel distribuido. Cumulative # of Shared Solar Programs