en la Recomendación de la UE 2003/361 / CE. Esto signi ca que todas las grandes empresas con más de 250 empleados y una facturación anual de más de 50 millones de euros, o un balance general anual de más de 43 millones de euros, tendrán que realizar auditorías energéticas. Esta obligación también se aplica a las empresas más pequeñas que formen parte de una gran empresa que cumpla con estos criterios. Las reglas se aplican a empresas de todos los ámbitos; de fabricación y producción, empresas de comercio, sector nanciero, e incluso proveedores sanitarios. ¿CuáLes son Los reQui- sitos ConCretos y Qué aLternativas existen? Las organizaciones afectadas están obligadas a someterse a una auditoría energética de acuerdo con la norma UNE EN 16247 antes del 13 de noviembre de 2016, y renovar esta auditoría al menos una vez cada cuatro años a partir de entonces. Las empresas que tienen ya certi cado un sistema de gestión de energía certi cada (SGEn) de acuerdo con la norma ISO 50001, con una entidad acreditada, están exentos de las reglas. Estos sistemas garantizan un proceso de mejora continua mediante el ciclo PDCA (Plan-Do-Check- Act). Las Auditorías de seguimiento regulares crean conciencia sostenible en e ciencia energética. Las empresas que hayan realizado una auditoria energética antes de la publicación del RD 56/2016 y que cumplan con las directrices de la UNE EN 14267 serán aceptadas por la administración, quedando libres de repetir el proceso en el periodo antes indicado (antes del 13 de noviembre de 2016). ¿Qué regLas se Deben seguir en eL marCo De una auDitoría energétiCa? La UNE EN 16247 es la base para la auditoría energética exigida en la Directiva de E ciencia Energética de la UE. La administración pública comprobará, por muestreo aleatorio, si se están siguiendo estas reglas y si el auditor energético tiene las cali caciones necesarias. GESTIÓN Y EFICIENCIA ENERGÉTICA www.energiadehoy.com 57