ARTÍCULO acumuLación DE EnErgía en sistemas de autoconsumo con energía solar fotovoltaica Por Pere Soria. Responsable del Área de Energías Renovables de CIRCUTOR. Consumir o acumular? .... He aquí el dilema al que se suelen enfrentar todos aquellos que desean paroducir su propia energía. fortunadamente el ordenamiento técnico- jurídico energético ha levantado el veto a los sistemas de acumulación integrados en las instalaciones de autoconsumo con energías renovables. Se trata de un reconocimiento en línea con la lógica. Acumular la energía excedentaria que pueden producir los sistemas de generación con energías renovables en horas de bajo consumo y elevada producción solar para poder, después, consumirla cuando el recurso decrece y la demanda aumenta El Real Decreto RD900/2015, aprobado el 10 de octubre de 2015, admite los sistemas de acumulación integrados en cualquier proyecto de autoconsumo con energías renovables. A pesar de su legalización, a los sistemas de acumulación, les queda todavía superar un último escollo. En este caso en forma de un impuesto, incluido en el mencionado Decreto de regulación del Autoconsumo. Efectivamente, el llamado término jo del impuesto al sol se aplica tan sólo a los sistemas de nidos como gestionables. Es decir, que pueden producir energía a demanda y no sólo en función de los caprichos del recurso que utilizan. Parece ser que poder gestionar en qué momento autoconsumir supone un privilegio superior que ha comportado al legislador a añadir un sobre coste especí co. Este hecho contrasta con los incentivos que están aplicando otros países de la Unión Europea para la implantación de los sistemas de acumulación no sólo en nuevos proyectos de autoconsumo sino como mejora de gestión para los ya existentes. 32 www.energiadehoy.com