CONSULTORIO JURÍDICO Para obtener más información sobre un artículo en concreto o plantear sus dudas a nuestros consultores jurídicos de Ejaso ETL Global, ponemos a su disposición el e-mail: redaccion_estaciones@interempresas.net El objetivo: reducir los riesgos de seguridad y medioambientales PREGUNTA: He leído en la prensa que en estaciones de servicio desatendidas solamente se pueden repostar 75 litros. ¿Es así? ¿A qué se debe esa limitación? Ejaso ETL Global RESPUESTA: Efectivamente, para todas las estacio- nes de servicio que funcionan sin la presencia de personal, ya sea durante todo el día o solo parte del horario, el Gobierno acordó, ya en julio del año 2017, una limita- ción del tiempo de cada suministro a tres minutos y a un volumen total de 75 litros. Se trata, no obstante, de una restricción por cada operación de suministro, es decir, no se impide la realización de varios repostajes seguidos para alcanzar el volumen de litros total pretendido. Esta regulación fue introducida como medida de seguridad en el Real Decreto 706/2017 que aprueba la nueva Instrucción técnica complementaria MI-IP 04 "Instalaciones para suminis- tro a vehículos". En la Exposición de Motivos de dicha norma, el legislador pone de manifiesto que la ausencia de personal afecto a la instalación hace necesario potenciar y fomentar la seguridad de esas instalaciones, de forma que, con el objetivo de suplir esa falta de personal, se han introducido una serie de prescripciones específicas sobre elementos y medidas de seguridad y prevención, con el propósito, asimismo, de reducir la contaminación del terreno por pérdidas accidentales de carburantes. 80 EstacionesdeServicio Entre estas medidas de seguridad y prevención específicas para estaciones de servicio desatendidas podemos señalar: la supresión del mecanismo que fija el boquerel (trinquete), la conexión mediante un sistema de comunicación bidireccional a un centro de control desde donde se supervisará la instalación en remoto, permitiendo solicitar ayuda, transmitir instruccio- nes y atender las incidencias y emergencias, la instalación de equipos automáticos de detección y extinción de incendios, o, la instalación de un interruptor de paro de emergencia. Se ve, pues, como la arriba referida limitación en cuanto a volumen y tiempo en las operaciones de repostaje que constituye el CM objeto de su consulta, es sólo una de varias medidas que, en su conjunto, equiparan la seguridad en instalaciones desatendidas a las de las estaciones que cuentan con personal cualificado. No obstante, esta restricción temporal y volumétrica es la C M Y MY CY CMY K CARBURANTE