CONSULTORIO JURÍDICO Para obtener más información sobre un artículo en concreto o plantear sus dudas a nuestros consultores jurídicos de Ejaso ETL Global, ponemos a su disposición el e-mail: redaccion_estaciones@interempresas.net Mucho camino legislativo por recorrer PREGUNTA: Soy propietario de una estación de servicio y en fechas recientes he leído muchas noticias sobre la nueva Ley de Cambio Climático y sobre los puntos de recarga eléctrica que las estaciones de servicio tendrán que instalar. Me gustaría conocer cuándo entrará en vigor esta Ley y qué obligaciones concretas y plazos se nos exigirá cumplir a los titulares de estaciones de servicio. Ejaso ETL Global RESPUESTA: En efecto, en los últimos dos meses la prác- tica mayoría de los medios de comunicación han dedicado un espacio reseñable a informar de la iniciativa legislativa promovida por el Gobierno para la aprobación de una nueva Ley de Cambio Climático y Transición Ecológica, así como del impacto económico que se estima que pudiera llegar a tener el nuevo marco legal, entre otros, para los titulares de las estaciones de servicio. No obstante, se trata de una iniciativa del Gobierno que se encuentra en una fase muy incipiente y todavía no se conoce si resultará aprobada finalmente. En concreto, el texto del que se ha venido informando en fechas recientes consiste en un borrador de Anteproyecto que aún debe ser aprobado por el Consejo de Ministros como paso previo a su remisión, ya como Proyecto de Ley, al Congreso de los Diputados. Y, posteriormente, será en dicha cámara donde se impulse su tramitación. En la actualidad, por tanto, ni existe texto definitivo ni fecha pre- vista para que, en su caso, entre en vigor la nueva Ley de Cambio Climático. Por un lado, ello dependerá del impulso que decida otorgarle el Gobierno, que podría decidir someterlo a audiencia pública e incluso solicitar la intervención de expertos para que informen antes de que aquél lo apruebe. Por otro lado, una vez aceptado por el Gobierno y remitido al Congreso de los Diputados, tanto el momento de la entrada en vigor, como el texto definitivo de la Ley, dependerán en buena parte de las enmiendas que pudieran presentarse al Proyecto del Gobierno. Si se presentan enmiendas a la totalidad y resultan aprobadas, el Proyecto habrá de entenderse rechazado. Y en el caso de enmiendas parcia- les, el debate legislativo se podría prolongar sin que pueda determinarse una fecha determinada para su votación. Todo ello nos lleva a la conclusión de que todavía no puede adelantarse una fecha en la que podría entrar en vigor el marco legal, como tampoco puede preverse el texto definitivo que pudiera finalmente resultar aprobado. Ahora bien, además de lo anterior, también debe tenerse en cuenta que, a mediados del mes de diciembre, se publicó en los medios que la ministra para la Transición Ecológica había anunciado el propósito del Gobierno de aprobar algunas medidas de la nueva Ley de Cambio Climático a través de un Decreto-Ley. Sin embargo, se C M Y CM MY CY CMY K 68 EstacionesdeServicio CARBURANTE