CARBURANTE Consultorio jurídico PREGUNTA: EN EL CONTRATO DE SUMINISTRO QUE TENGO SUSCRITO CON MI PETROLERA CONSTA UNA CLÁUSULA DE SUMISIÓN A ARBITRAJE PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS, PERO A LA VEZ, EN UN ANEXO, UNA CLÁUSULA DE SUMISIÓN A LOS JUZGADOS DE MADRID. MI PETROLERA ME HA DEMANDADO ANTE LOS JUZGADOS, PERO, CON ESTAS DOS CLÁUSULAS, ¿PUEDO SOLICITAR QUE EL CONFLICTO SE RESUELVA MEDIANTE UN ARBITRAJE? Y, EN CASO AFIRMATIVO, ¿CÓMO SE HACE? Son varias las dudas que nos plantea en su consulta, y parte de ellas requieren, para una respuesta adecuada, de un análisis pormenorizado y de una exhaustiva interpretación tanto de las dos cláusulas de sumisión que nos comenta, como del contrato en su totalidad, y finalmente de las circunstancias de la relación contractual y comercial en su to- talidad. No disponemos del acuer- do de suministro, ni tampoco nos consta el contenido literal de las cláusulas de sumisión, por lo que nos hemos de limitar, en este lugar, a facilitarle unas observacio- nes y pautas generales sobre este tema. Es necesario, en todo caso, un análisis detallado del acuerdo así como una interpretación de las clausulas en cuestión para poder determinar, con exactitud, cuál es el órgano competente para resolver las discrepancias existen- tes, y qué estrategia le conviene adoptar. Ante todo, las jurisdicciones arbitral y ordinaria son incompatibles entre sí, por lo que, para un mismo conflicto y sobre un mismo objeto, no es posi- ble la tramitación paralela de proce- dimientos ante los dos órganos. En todo caso, con independencia del contenido del acuerdo firmado en su día, si una de las partes decide acudir aunadelasdosvías,ylaotranoim- pugnase esta elección en los plazos y forma legalmente establecidos, se entiende tácitamente admitido este sometimiento. PARA OBTENER MÁS INFORMACIÓN sobre un artículo en concreto o plantear sus dudas a nuestros consultores jurídicos de Aguayo Abogados, ponemos a su disposición el e-mail: estaciones@tecnipublicaciones.com 34 | Estaciones de Servicio