CARBURANTE Actualidad Ya tiene prevista una partida presupuestaria destinada a esta contingencia Hacienda resolverá en seis meses las devoluciones del céntimo sanitario El céntimo sanitario y su declaración de ilegalidad por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea siguen trayendo cola. Los consumidores, especialmente transportistas, siguen sin ver un duro cuando ya han pasado más de dos meses de la demoledora sentencia dictada por el alto tribunal comunitario. No obstante, la Agencia Tributaria ha confirmado que en un plazo de seis meses comenzará a efectuar las devoluciones de las cantidades devengadas y reclamadas por los conductores, siempre que estas cumplan con todos los requisitos exigibles. Las reclamaciones presentadas para la devolución del céntimo sanitario podrán estar resueltas en un plazo de seis meses, según la estimación que el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, hizo en una reunión con el Comité Nacional de Transportes celebrada recientemente y a la que no faltaron el director de la Agencia Tributaria, Santiago Menéndez, el secretario de Estado de Infraestructuras y Transportes, Rafael Catalá, y el director general de Transportes Terrestres, Joaquín del Moral. Durante el encuentro el se- cretario de Estado de Hacienda confirmó que ya hay prevista una partida presupuestaria destinada a esta contingencia para aquellos contribuyentes que soliciten su devolución, y que la voluntad de la Agencia Tributaria es acceder a dicha devolución previa com- probación de los documentos justificativos (facturas) que acredi- ten que el consumidor (ya sea un transportista u otro consumidor profesional o particular) ha sopor- tado el impuesto. Facturas desglosadas Respecto a las cuestiones que plantean más dudas a los contri- buyentes que reclamen la devo- lución, el Ministerio de Hacienda aclara que, en primer lugar, sólo serán admitidas aquellas facturas que contengan desglosado el importe concreto del citado im- puesto o que al menos incluyan en la propia factura una referencia de que en el precio va incorporado el impuesto minorista o IVMDH. Por tanto, serán rechazadas las factu- ras que no recojan tal mención o desglose del impuesto. Además, la solicitud de devolución podrá ser solicitada tanto por el consumidor final como la empresa proveedora del carburante (estación de servicio o petrolera); en todo caso, aunque la solicitud sea presentada por la empresa proveedora la devolu- ción solo podrá realizarse a favor del consumidor final. Las solicitudes de emisoras de tarjetas, no válidas Especialmente destacable es otra de las aclaraciones realizadas por el Ministerio de Hacienda, que señala que no se admitirán las solicitudes de devolución que presenten las entidades emisoras de tarjetas de carburante por cuanto no tienen reconocida la consideración de sujeto pasivo del impuesto. No obstante, fuentes de Repsol han manifestado a Estaciones de Servicio que “Solred no va a dejar tirados a sus clientes” y han con- firmado que la principal petrolera que opera en España mantiene abierto un canal de comunicación constante con la Agencia Tributa- ria para agilizar el procedimiento de devolución del impuesto a los titulares de la tarjeta Solred. 38 | Estaciones de Servicio