CARBURANTE Por la comisión de “supuestas prácticas prohibidas” contrarias a la competencia La CNMC incluye a BP en su expediente contra las petroleras BP, que hasta ahora no estaba implicada en el expediente incoado por la Comisión Nacional de la Competencia contra las petroleras hace casi un año, ha sido incluida en el caso por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) después de que el citado organismo haya descubierto “indicios racionales” de la participación de la filial de la compañía británica en “supuestas prácticas prohibidas” por la normativa de competencia. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha incluido recientemente a BP España en el expediente que abrió hace unos meses contra las principales petroleras que operan en nuestro país. El pasado 29 de julio el organismo regulador incoó un expediente sancionador contra Repsol, Cepsa, Disa, Meroil y Galp “por una posible conducta anticompetitiva” consistente en la “coordinación en materia de precios, clientes y condiciones comerciales y en el intercambio de información comercial sensible, en los mercados de distribución de combustible de automoción”. La CNMC decidió abrir el citado expediente tras llevar a cabo una serie de actuaciones “iniciadas de oficio”, en el marco de las cuales se incluyeron “inspecciones domici- liarias en las sedes de cinco de las entidades mencionadas”, realiza- das en los meses de mayo y julio de 2013, así como en la Asociación Española de Operadores de Pro- ductos Petrolíferos (AOP). En el transcurso de su investiga- ción y a la vista de la documenta- ción que consta en el expediente, la CNMC sostiene que “puede de- ducirse que existen indicios racio- nales de la participación en dichas supuestas prácticas prohibidas por parte de BP España, S.A.”, por lo que ha ampliado la incoación del expediente a esta empresa por una posible infracción del artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y del artículo 101 del Tratado de Funcio- namiento de la Unión Europea. Como cada vez que inicia un expediente de este tipo, la CNMC explica en un comunicado que la ampliación de la incoación “no prejuzga el resultado final de la investigación”. Se mantiene el período máximo de 18 meses desde la incoación inicial para su instrucción y resolución. Actualidad Estaciones de Servicio | 29