“en materias de seguridad, cali- dad industrial o medioambiental, las exigencias y criterios legisla- tivos sean tan diferentes, tratán- dose de un mismo producto y servicio con la misma peligrosidad en cualquier punto del país”. Y es que, tal y como hemos mencionado anteriormente, determinadas comunidades autónomas prohíben las gasoli- neras totalmente desatendidas al considerar necesaria la presencia humana en las instalaciones de suministro de carburantes. Los representantes de la CEEES no pueden sino estar de acuerdo con esta consideración, toda vez que en el caso de los combustibles de automoción estamos hablando de productos “peligrosos, caros y de primera necesidad”. Y debido a estas características consideran que la prohibición del servicio totalmen- te desatendido “debe imperar en todo el territorio español”. No obstante, la cúpula de la CEEES se muestra escéptica en cuanto a la consecución del objetivo de homogeneizar la legislación en lo que a gasolineras low cost se refiere. “Habida cuenta de los ejemplos existentes -como, por ejemplo en cuestiones impositi- vas- y de que las competencias a efectos de Consumo e Industria están transferidas a las Comuni- dades, será difícil conseguir un denominador común”, vaticinan. Doble rasero Pero es que además resulta especialmente llamativo que unas instalaciones de suministro que la Administración pretende favore- cer para mejorar la competencia se beneficien de determinados hechos que suponen una verdade- ra distorsión de la libre concurren- cia en el mercado. Así lo denun- cian los miembros de la directiva de la CEEES, que explican que en la práctica “las comunidades autónomas no exigen los mismos requisitos a las denominadas gasolineras low cost que a las esta- ciones de servicio convenciona- les”, lo que, en su opinión “genera una competencia desleal” que los gasolineros tradicionales vienen “sufriendo y denunciando desde hace bastantes años con numero- sas instalaciones de suministro de carburante aparecidas en coope- rativas y polígonos industriales”. Y es que según los responsa- bles de la Confederación Españo- la de Empresarios de Estaciones de Servicio, “la altura del listón es diferente con respecto a las gasolineras tradicionales”. Y apuntan varios posibles motivos: “es como si nuestras estaciones, por el hecho de estar ‘en primera fila’ sean un blanco fácil para exigir la aplicación y cumplimiento de normativas que a otros no exigen. O quizá tengamos que buscar explicaciones de índole político que denotan favoritismos a de- terminados sectores que generan muchos más votos que el nues- tro”, explican. Es evidente que las mayores exigencias a las que se ven someti- das las estaciones de servicio convencionales por parte de la Administración hacen que este tipo de instalaciones “se vean sometidas a muchas más obli- gaciones suponiendo, muchas de estas, costes de explotación adicionales”. Denuncias Este doble rasero ha merecido la denuncia de algunas de las organizaciones que se integran en la CEEES. De hecho, una de las asociaciones regionales que forma parte de la confederación “ha denunciado ante el Depar- tamento de Consumo de esa comunidad el incumplimiento de la instalación de carburante de una cooperativa, y la respuesta ha sido que al no figurar en el registro de instalaciones de suministro al por menor no pueden realizar ins- pección pues para ellos es como si no existiera”. Es decir, la Admi- nistración cierra los ojos ante el infractor pretendiendo hacer creer que desconoce la existencia de un conflicto. Y claro, si la low cost no existe a efectos administrativos, difícilmente podrá recibir la visita de los funcionarios que velan por el cumplimiento de la normativa. “El número de inspecciones que El presidente de CEEES, Javier Bru, y dos de los vocales de su Comité Ejecu- tivo, Jorge de Benito y Zoilo Ríos, han que- rido mostrar públicamente su oposición a las gasolineras desatendidas. Estaciones de Servicio | 19