AX115 - Ascensores y Montacargas

27 Sara Fernández, presidenta de Fepyma propuso en su discurso "ver esta nueva ITC como un reto de mejora para las empresas". A continuación, realizó una cronología de todos los pasos llevados a cabo desde esa fecha en cuanto a labor normativa y asociativa y concluyó que “después de un largo proceso, en el que son muchas las partes que intervienen, por lo que no se han conseguido el 100% de las peticiones, sí se han logrado muchas importantes, como la lista de comprobación mínima (check-list), la no exigencia de un sistema de calidad certificado para todas las empresas, la posibilidad de que las micropymes puedan contratar a tiempo parcial –y no completo– a un técnico titulado competente, la posibilidad de bajas temporales, el texto comunicación IPO o la información y códigos para acceso al software”. Y concluyó que “hay que ver esta nueva ITC como un reto de mejora para las empresas y ese es el mensaje que lanzamos desde la Junta directiva”. ANÁLISIS DE LA NUEVA ITC Seguidamente, José María Compagni, coordinador general de Fepyma, tomó la palabra haciendo hincapié en que “el paradigma de que las normas las hacen las grandes se ha acabado”. Y, tras apuntar que “ahora falta la realización de la Guía Técnica de la ITC que es la que interpreta la norma –responsabilidad del Ministerio de Industria– y para la que también se pasarán las dudas que se planteen”, propuso ir repasando los artículos y que los asistentes fueran planteando las dudas que surgieran al respecto. Artículo 1. Ámbito de aplicación La principal novedad que apuntó Compagni en este artículo fue en el apartado 1.2 Exclusiones, donde se incluyen “L) Los aparatos elevadores con solo dos paradas que sirven una distancia vertical menor que la existente entre dos plantas de un edificio o construcción, con una distancia máxima entre las dos paradas de tres metros”. Artículo 3. Puesta en servicio La puesta en servicio en la ITC anterior era una mera comunicación a Industria con pocos requisitos (3 o 4 en total). La puesta en servicio en la ITC actual impone dos nuevos requisitos: 1. El manual de funcionamiento. En la práctica, el ascensor cuenta con manual de instrucciones. Con la nueva ITC el manual de funcionamiento es parte de la documentación obligatoria. 2. Un certificado de inspección inicial favorable realizado por un organismo de control. Se apunta que “esto parece que va en contra de la normativa europea” y que “Fepyma valorará cómo hacer este proceso más accesible y asequible para sus asociados”. En este punto surgen (muchas) dudas sobre los plazos en los que se tiene que llevar a cabo el proceso de inspección inicial tras la comunicación de la introducción en el mercado, así como el mecanismo de este proceso y de quién es responsabilidad. Artículo 4. Responsabilidades del titular Las obligaciones del titular pasan de 4 a 8. “El mensaje es que los propietarios o administradores de fincas son los que tienen que custodiar toda la información”, aseguró Compagni, para apuntar seguidamente que hay una importante novedad: “Hasta ahora, era una práctica extendida entre las empresas de mantenimiento contratar o al menos gestionar la contratación del Organismo de Control para que realizara la inspección. La ventaja era operativa, sobre todo, en los casos en los que los propietarios no tenían administradores de fincas. El inconveniente es que existía un claro conflicto de intereses, que ahora con este artículo se quiere evitar. El organismo de control podía verse influido a la hora de realizar la inspección de la empresa conservadora que le contrataba. A partir de ahora no será posible, ya que ‘la inspección periódica no podrá ser contratada en ningún caso por la empresa conservadora’”. Artículo 5. Realización del mantenimiento En este punto se incluyen novedades muy importantes: • Las empresas conservadoras están obligadas a hacer el mismo mantenimiento y las mismas comprobaciones mínimas. Fepyma ofrece a sus asociados formación sobre la nueva ITC.

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