04.1.2, ‘Frutas y hortalizas peladas, cortadas y tri- turadas’ y la ampliación de usos. La justificación para la solicitud se basa en que las estas horta- lizas blancas pueden sufrir un pardeamiento enzimático, que podría resolverse a través de la inmersión en una solución acuosa que contenga ácido ascórbico (E 300) y ácido cítrico (E 330) en una concentración máxima del 1% durante un par de minutos. Seguridad alimentaria: CIP – Las soluciones Baumer para ayudarle a reducir sus costes de producción. 13 Seguridad alimentaria mejorada, reduciendo sus costes de producción, gracias a la gama de sensores Baumer recomendados para aplicaciones CIP: Sensores de temperatura, presión, conductividad y nivel. Para más informacción, visite nuestra página www.baumer.com/CIP INGREDIENTES Y ADITIVOS Según se indica en la solicitud, el uso propuesto de estos aditivos como antioxidantes en las hortalizas sin transformar destinadas a su trans- formación ulterior antes del consumo, inclusive mediante tratamiento térmico, reduce el des- perdicio de alimentos ya que mejora la calidad general de los alimentos y aumenta hasta cinco días la vida útil de almacenamiento de las horta- lizas tratadas. Ante este planteamiento, y teniendo en consi- deración los dictámenes científicos de EFSA en relación con estos aditivos, se ha considerado que no existe ningún problema de seguridad para la situación propuesta y se entiende que no habrá una repercusión en la salud humana para el empleo de estos antioxidantes en las hortali- zas blancas preenvasadas destinadas antes de su consumo a una transformación ulterior. Futuros cambios en el Reglamento (UE) no 231/2012 en relación con las especificaciones para el dióxido de titanio (E 171) En este caso debemos seguir atentamente la evo- lución de la propuesta de revisión de la regulación que afecta en este caso a las especificaciones que ha de cumplir el dióxido de titanio (E 171). La UE trabaja para que contemos siempre con los aditivos más seguros y por ello considera que es necesario la revisión de las especificaciones del dióxido de titanio. La revisión legal que indicamos está considerando la información disponible que han suministrado los operadores alimentarios a la Comisión para fijar nuevos niveles técnicamente alcanzables de impurezas de antimonio, plomo, mercurio y cadmio en el dióxido de titanio (E 171), que son más bajos que los niveles actuales indi- cados en las especificaciones relativas al dióxido de titanio (E 171). Es importante que estemos atentos a la próxima aprobación del Reglamento (UE) de la Comisión que modifica el anexo del Reglamento (UE) n.o 231/2012, por el que se establecen espe- cificaciones para los aditivos alimentarios que figuran en los anexos II y III del Reglamento (CE) n.o 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que se refiere a las especificacio- nes relativas al dióxido de titanio (E 171). •