Anuario Marítimo Español 2022

giendo así la mercancía y sus embalajes durante el dilatado tiempo de su transporte y evitando la propagación a otros lugares de organismos no deseados. Las sustancias químicas utilizadas son tóxicas, no solo para las plagas, sino también para los seres humanos. utilizándose como principales fumigantes el bromuro de metilo (MeBr) y la fosfina (PH3). Cuando un contenedor se va a fumigar, los pequeños orificios, que lleva en las esquinas superiores y que comunican con el exterior, suelen cerrarse previamente, normalmente desde su interior. Cuando estos contenedores llegan a destino pueden quedar residuos de las sustancias químicas utilizadas en la fumigación que pueden representar un riesgo para los trabajadores que abren, inspeccionan y descargan los contenedores, con los agravantes de que algunas de dichas sustancias químicas son inodoras, y de que los contenedores fumigados rara vez se etiquetan con advertencias que informen de este hecho, aun cuando la normativa internacional así lo establece. El citado informe ha permitido conocer que en un estudio realizado en 2010 en distintos puertos holandeses resultó que entre un 7% y un 31% de los contenedores contenían gases y vapores tóxicos en niveles superiores a los admisibles para la salud humana, siendo un 0,6 % de los casos de peligrosidad inmediata para la vida; y en otro estudio realizado en puertos suecos los contenedores con gases y vapores tóxicos en niveles superiores a los admisibles para la salud resultó ser de un 12%, de los cuales un 7% rebasaban los límites para corta exposición. Con independencia de los fumigantes añadidos deliberadamente a los contenedores para tratamiento de sus cargas o embalajes, sucede que durante su transporte algunas mercancías y sus embalajes liberan compuestos orgánicos volátiles, COVs, también nocivos para la salud que, en unos casos, son emitidos por las pegamentos y disolventes utilizados en su fabricación, sobre todo cuando su carga en los contenedores se ha realizado sin que se haya completado la fase de secado, y en otros casos, proceden de fugas y evaporaciones de algunos componentes de las cargas, pudiendo dar lugar a la creación de atmósferas explosivas.. LA NORMATIVA. Hay varios instrumentos normativos internacionales en vigor relacionados con la regulación de la manipulación segura de contenedores fumigados en el puerto/destino final, de los cuales los instrumentos marco más importantes son la Recomendación n.º 164 sobre seguridad y salud de los trabajadores, el Convenio 155 (Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Directiva 89/391/CEE de la UE (figura 1). Además, los instrumentos de la OMI como el Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (Código IMDG) y el Convenio Internacional sobre la Seguridad de los Contenedores (CSC) podrían ser objetivos adecuados a los que dirigir los esfuerzos futuros para facilitar la manipulación segura de los contenedores. La manipulación de los contenedores fumigados en el puerto y en el destino final está regulada por la «Directiva marco sobre salud y seguridad en el trabajo» (89/391/CEE) y la Directiva sobre sustancias químicas (98/24/CE) que establecen que el empresario debe realizar una evaluación de riesgos y que, en función de los resultados, hay que adoptar medidas adecuadas antes de iniciar el trabajo. Si procede, la evaluación de riesgos tiene que incluir la entrada segura de los contenedores marítimos y la manipulación segura de la mercancía transportada en dichos contenedores. Además de la normativa internacional y nacional relacionada con la manipulación de contenedores, existen instrucciones locales/hojas informativas de las organizaciones y de empresarios sobre la manipulación segura de los contenedores. EXPERIENCIAS EN LA DESGASIFICACIÓN/ VENTILACIÓN DE CONTENEDORES Cuando la atmósfera existente en los contenedores resulta insegura para la salud por su bajo nivel de O2 o su alto nivel de CO2 o CO, que pueden darse en contenedores que transporten frutas y verduras, pero sin indicación alguna de la presencia de otros gases en niveles superiores a los valores límite de exposición profesional, se ha comprobado que la situación puede corregirse sin más que abrir las puertas de los contenedores para que reciban ventilación natural. Para todos los demás gases, su eliminación en el contenedor debe efectuarse mediante ventilación ANUARIO MARÍTIMO ESPAÑOL CIAIM 74

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