conformidad con la sentencia. Josep Lluís Escuer, coordinador del Grupo de Trabajo Carburantes, hizo una valoración muy negativa de las implicaciones de la decisión del Tribunal Supremo porque entiende que "no se han tenido en cuenta las especificidades de nuestro sector ni la capacidad de los depósitos de la maquinaria agrícola con relación al resto de vehículos. Las limitaciones que se están imponiendo resultan abusivas, perjudican a todas las estacio- nes de carburantes del sector cooperativo, atentan contra la libre competencia en el mercado y restringen la libertad de empresa". Las cooperativas cuentan con 900 estaciones de servicio que distri- buyen carburantes desde hace 30 años como servicio a sus socios. En general, estas instalaciones se encuentran ubicadas en entornos rurales, donde los índices de población son más bajos, y, con el obje- tivo de garantizar la sostenibilidad del servicio, se suele optar por un sistema de gasolinera que no obligue a tener personal de aten- ción al cliente durante las 24 horas. Este modelo, que en España ha sido defendido por la CNMC y la Secretaria General de Unidad de Mercado, tiene una importante implantación en países del norte de Europa como Dinamarca, Finlandia y Suecia, donde supera el 50% del total, recuerdan en un comunicado. Añaden que el recurso tenía como objetivo anular y derogar las exigencias y trabas injustificadas y desproporcionadas que se con- tienen en el RD 706/2017, destacando la limitación de suministro de carburante en cada repostaje a 75 litros y 3 minutos de duración, aduciendo motivos de seguridad. “Este extremo significa perju- dicar y penalizar con subterfugios nuestro sistema de estaciones automáticas, en beneficio evidente de los que las consideran com- petencia desleal, aun habiendo demostrado con informes periciales y técnicos que las estaciones automáticas gozan de mayor grado de seguridad que las estaciones que cuentan con personal, a tenor de la serie histórica de incidencias y accidentes”, indican las mismas fuentes. Además de ser una restricción ajena a la realidad del par- que de vehículos industriales que desarrollan su labor en el sector agropecuario, donde prácticamente todos cuentan con depósitos con capacidades superiores a los 200 litros, alcanzando la flota de camiones volúmenes superiores a los 500 litros. De igual manera, desde Cooperativas lamenta que no se han aceptado sus alegaciones de incrementar el límite fijado en lo que concierne al repostaje de carburante en depósitos homolo- gados, (limitación de 240L de gasóleo y 60L de gasolina), “cuando, por motivos obvios de labores en fincas rústicas, ubicadas a dece- nas de kilómetros de la estación de servicio más próxima, es una necesidad imperiosa contar con repostaje de reserva e interven- ción de urgencia”. Por todo ello, dicen que el Tribunal Supremo ha cometido un “craso error”, al no profundizar suficientemente en el análisis de la casuís- tica que se le presentó, generando unas consecuencias lesivas muy severas en el sector agropecuario y colateralmente en un ámbito geográfico, el rural, con un acusado desmantelamiento de servicios. Cooperativas Agro-alimentarias de España confía en que el legis- lador, al igual que ha hecho a nivel autonómico con la exigencia de contar con un empleado, rectifique y reconsidere su posicio- namiento modificando la actual normativa, en tanto en cuanto la vigente es un claro atropello y una aberración que contraviene, no sólo la realidad de este país, sino que es una anomalía con respecto a la existente en otros países de nuestro entorno.• Tecnologías para horticultura Transplantadoras para tomate 29 www.checchiemagli.com Comercial España Giacomo Ballandi +39 3911 345 728 giacomo@checchiemagli.com Soluciones para lechuga, cebolla, boniato, aromáticas, fresa, gama completa para patata