rios de la riqueza que genera 15.000 millones de euros en facturación al año, lo que contri- buye a jar población en las zonas rurales y dar oportunidades profesionales a miles de jóvenes que desean seguir viviendo en sus pueblos. Un bene cio común El bienestar animal en el sector porcino contempla tres aspectos importantes: los referentes al correcto funcionamiento del organismo (que los animales estén correctamente alimentados y sanos), el estado emocional del animal (ausencia de sensaciones negativas como estrés o miedo) y que sea capaz de expresar conductas normales relativas a su especie. A día de hoy, todas las granjas de porcino en España cumplen con la normativa comunitaria aprobada en 2001 que determina las normas mínimas para la protección de cerdos para contribuir a la mejora y mantenimiento de la competitividad de las exportaciones ganaderas (Directiva 2001/88/CE, de 23 de octubre de 2001). De hecho, España fue uno de los primeros países en imple- mentarla al 100% y el único en el que el número de granjas y, por tanto, de ganaderos ha ido en aumento. El sector ha apostado rotundamente, como en ningún otro país, por cumplir y potenciar esta normativa sobre bienestar animal, tan estricta yendo más allá de las exigencias europeas. De hecho, España cuenta, además, con otras normativas complementarias que otros países de nuestro entorno no acometen y que contemplan aspectos como: la imitación en el tamaño máximo de las explotacio- nes; distancias mínimas entre granjas; condiciones de alimentación, 85 BIENESTAR ANIMAL España aplica el ‘modelo de producción europeo’, que cuenta con la normativa más exigente y garantista del mundo en cuanto a bienestar animal y cuidado del medio ambiente. descanso y desarrollo pensadas especí camente para su bienestar, no sólo en las granjas, también en su transporte y en los mataderos, en el momento de su sacri cio; espacio mínimo obligatorio que deben disponer los cerdos; la super cie mínima de suelo libre; el diseño de los comederos para entre otras cosas minimizar daños entre animales; los tipos de suelos para que no sean resbaladizos ni causen daño ni sufrimiento. Además, se prohíben todos los procedimientos que provoquen lesiones o la pérdida de partes del cuerpo del animal.