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¡Adiós cobros abusivos en cerrajería!

Ismael Merchán, vocal de la Junta Directiva de Apecs, Asociación de Profesionales de España en Cerrajería y Seguridad

10/10/2022
Todo el sector demandando un mayor control de las empresas de cerrajería para evitar los cobros excesivos y fuera de mercado a los usuarios, y mira por dónde que, la última modificación de una ley que lleva en vigor desde el año 84, puede haber dado por finiquitado este lastre que al sector le genera una muy mala imagen y pérdida de confianza por parte de la sociedad en general. A la vista de lo acontecido, mucho me temo que queríamos matar moscas a cañonazos.
Ismael Merchán, vocal de la Junta Directiva de Apecs
Ismael Merchán, vocal de la Junta Directiva de Apecs.

La modificación de la 'Ley de defensa de los derechos de los consumidores y usuarios', comúnmente conocida como la 'Ley de garantías', entró en vigor el uno de enero de éste 2022 estableciendo una serie de plazos, cuestiones y principios que, a priori, resolverá fácil y rápidamente del lado del usuario todo ese tipo de actuaciones por parte de las empresas oportunistas, que como ya hemos manifestado en otras publicaciones desde la Asociación de Profesionales de España en Cerrajería y Seguridad, Apecs, no son de cerrajería.

Sin entrar en materia legal, aspectos como el principio de conformidad van a echar por tierra todo ese tipo de prácticas tan dañinas para la actividad. Ahora bien, quien considere que esta modificación legal va a suponer sólo aspectos positivos para la profesión está un pelín desorientado o bastante confundido.

No perdamos de vista que la ley versa sobre la defensa de los consumidores y usuarios, con lo que en cierta medida, y por desgracia, va a suponer un aumento en el nivel de exigencia en el servicio que ya se ofrece para quienes ya hacemos las cosas bien. Y cuando digo esto no me refiero a aspectos técnicos, sino más bien a asuntos legales (papeleo) referidos a la información del producto o servicio, inclusión de determinadas clausulas en contratos-presupuestos, conformidad de la entrega del bien, y un largo etc, el cuál para cumplir más que cerrajeros debiéramos ser juristas.

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Pero aún cumpliendo, esta modificación y basado en el principio de conformidad, entre otras, introduce una terrible novedad, mediante la cual, el usuario puede dejar de pagar por el producto o servicio, sin mayor justificación o excusa, que indicar que no está conforme o que no era lo que él había entendido. Se me ocurren dos motivos para tal tropelía. O el legislador se ha pasado de frenada en la redacción de la norma, o el objetivo de esta modificación era otro y nos hemos visto en medio de un fuego cruzado, del cual podemos salir malheridos. Gran parte es lo segundo, pero no es menos cierto que cuando el legislador elabora leyes se suele olvidar o no considera o minimiza el daño colateral que se puede generar a determinados sectores, como es el caso que nos ocupa.

Es por ello por lo que cuando en el sector de la cerrajería solicitamos una regulación de la actividad tenemos que tener mucho cuidado con lo que solicitamos, no vaya a ser que se nos conceda. Con ello el legislador se pase de frenada y por querer regular una serie de aspectos negativos nos eleve el nivel de exigencia a las empresas que llevamos toda la vida haciendo las cosas sin menoscabar los interese de terceros, viéndonos gravemente perjudicadas.

No perdamos de vista que la nueva ley versa sobre la defensa de los consumidores y usuarios, con lo que va a suponer un aumento en el nivel de exigencia en el servicio que ya se ofrece para quienes ya hacemos las cosas bien

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