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Iberdoex organizó una jornada formativa sobre la Ley 8/2015

Revista Estaciones de servicio24/11/2015
La red de estaciones de servicio Iberdoex celebró el pasado 20 de noviembre una jornada formativa sobre los cambios que generará en el sector la Ley 8/2015.
La jornada, destacan fuentes de Iberdoex, fue todo un éxito
La jornada, destacan fuentes de Iberdoex, fue todo un éxito.

El pasado viernes, 20 de noviembre, tuvo lugar en las instalaciones centrales de Iberdoex (ubicadas en Mérida, Badajoz) una jornada formativa dirigida a los asociados de la red de estaciones de servicio en la cual se explicaron las novedades de la Ley 8/2015, que sustituye a la Ley Sobre Hidrocarburos (34/1998), y que aún está pendiente de desarrollo reglamentario.

Los ponentes que participaron en la jornada fueron el inspector de Hacienda Pedro Ángel Flores, Inspector de Hacienda; el técnico de la Consejería de Industria de la Junta de Extremadura, Fernando Vega; el director de la planta de CLH de Mérida, Francisco Fernández, y el consejero de Seguridad Antonio Ramos Fernandez.

El debate, que se desarrolló bajo la fórmula de mesa redonda, se centró en tres aspectos que, previsiblemente, tendrán mayor repercusión en el sector de las estaciones de servicio de la Ley 8/2015. Así, la nueva norma modifica el apartado 1 del artículo 43, al cual se le añade un nuevo apartado 5, estableciéndose que los distribuidores podrán suministrar a otros distribuidores al por menor de productos petrolíferos, a condición de que se inscriban previamente en el registro de los impuestos especiales.

En cuanto al origen del carburante, los titulares de las instalaciones de distribución al por menor de productos petrolíferos que no pertenezcan a la red de distribución de un operador mayorista podrán informar del origen del carburante que comercializan, publicitando el operador mayorista al que adquieren el mismo.

Asimismo, en la jornada se debatió acerca de la puesta en marcha de un registro de instalaciones de distribución al por menor elaborado por las comunidades autónomas en el cual deberán estar incluidas todas aquellas instalaciones que desarrollen esta actividad en su ámbito territorial, así como los proyectos de apertura de nuevas estaciones de servicio y su estado de tramitación.

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