Info

Aprobada la Especificación Aenor para clasificar, categorizar y certificar Proveedores de Servicios Energéticos

04/03/2016

Una vez aprobado el Real Decreto 56/2016 en el que se define y traslada al ordenamiento jurídico español la figura del Proveedor de Servicios Energéticos (PSE), las asociaciones promotoras de la Especificación AMI, ADHAC, Atecyr y A3e, junto con Eneragen han consensuado un texto definitivo, publicado por Aenor el 3 de marzo.

La Especificación Aenor EA 0055 'Clasificación de Proveedores de Servicios Energéticos' tiene por objeto servir de base para clasificar, categorizar y certificar PSE. Un documento necesario para estructurar y desarrollar el sector de la eficiencia energética, que aporta transparencia a los consumidores y sobre todo mayor fiabilidad a la hora de contratar un PSE.

A partir de ahora, las empresas que así lo decidan podrán clasificarse y certificarse en alguno de los tres tipos de PSE establecidos en el estándar, que son: PSE de Consultoría y Auditoría Energética, PSE de Explotación y PSE de Inversión (Empresas de Servicios Energéticos).

Igualmente las empresas clasificadas se categorizarán en alguno de los tres niveles para cada tipo de PSE que establece la Especificación, en base a una serie de variables, como son la facturación, el número de técnicos, el importe de los contratos y el número de Comunidades Autónomas en las que trabaja.

El documento ha sido desarrollado en Aenor, la entidad responsable del desarrollo de la normalización en España, por las cuatro entidades promotoras a las que se sumó posteriormente Eneragen. Además, en el proceso de elaboración de la Especificación, han participado veinte asociaciones e Instituciones del sector emitiendo sus comentarios, alegaciones y sugerencias.

La Especificación Aenor será presentada oficialmente el próximo 11 de marzo en la sede central de la asociación.

Empresas o entidades relacionadas

Asociación Española de Normalización y Certificación

Comentarios al artículo/noticia

Nuevo comentario

Atención

Los comentarios son la opinión de los usuarios y no la del portal. No se admiten comentarios insultantes, racistas o contrarios a las leyes vigentes. No se publicarán comentarios que no tengan relación con la noticia/artículo, o que no cumplan con el Aviso legal y la Política de Protección de Datos.

Advertencias Legales e Información básica sobre Protección de Datos Personales:
Responsable del Tratamiento de sus datos Personales: Interempresas Media, S.L.U. Finalidades: Gestionar el contacto con Ud. Conservación: Conservaremos sus datos mientras dure la relación con Ud., seguidamente se guardarán, debidamente bloqueados. Derechos: Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad y los de limitación u oposición al tratamiento, y contactar con el DPD por medio de lopd@interempresas.net. Si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente, puede presentar una reclamación ante la AEPD.

Suscríbase a nuestra Newsletter - Ver ejemplo

Contraseña

Marcar todos

Autorizo el envío de newsletters y avisos informativos personalizados de interempresas.net

Autorizo el envío de comunicaciones de terceros vía interempresas.net

He leído y acepto el Aviso Legal y la Política de Protección de Datos

Responsable: Interempresas Media, S.L.U. Finalidades: Suscripción a nuestra(s) newsletter(s). Gestión de cuenta de usuario. Envío de emails relacionados con la misma o relativos a intereses similares o asociados.Conservación: mientras dure la relación con Ud., o mientras sea necesario para llevar a cabo las finalidades especificadasCesión: Los datos pueden cederse a otras empresas del grupo por motivos de gestión interna.Derechos: Acceso, rectificación, oposición, supresión, portabilidad, limitación del tratatamiento y decisiones automatizadas: contacte con nuestro DPD. Si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente, puede presentar reclamación ante la AEPD. Más información: Política de Protección de Datos