Directiva de Eficiencia Energética en edificios
Josep Solé, Director Técnico de Ursa Ibérica Aislantes, desgranó en una presentación a los medios de comunicación las características más esenciales de esta nueva Directiva de Eficiencia Energética. Solé explicó que "se trata de que los edificios tengan un certificado donde en una escala de la A a la G el usuario tenga idea de cómo se comporta el edificio". Así, la nueva normativa legal, precedida de la directiva 2002/91/CE del 16 de diciembre de 2002, obliga a todos los edificios a aportar una indicación de su calidad energética considerando la eficacia de la envolvente (aislamiento), la infiltración/ventilación, iluminación (no en residencial), el agua caliente sanitaria, la eficacia de los sistemas y la incorporación de energías renovables.
Etiqueta energética
Asimismo, el Decreto por el que se implementa la certificación energética obliga a los promotores de edificios a incluir dicha etiqueta en los elementos de información, promoción, oferta y contratos del edificio para que los usuarios dispongan de estos datos desde el principio y los tengan en cuenta en su decisión de compra. Por su parte, los edificios públicos o instituciones que prestan servicio a un número relevante de personas deberán exhibir el distintivo de forma destacada como medida ejemplar.
El Director Técnico de Ursa Ibérica Aislantes hizo especial hincapié en el hecho de que en contra de lo que puede parecer a priori, la consecución de clases elevadas no supone un sobre coste importante. Para lograrlo, se debe integrar el concepto de eficiencia energética en el momento en el que se proyecta el edificio estableciendo desde el principio las calidades necesarias para conseguir el nivel de eficiencia energética deseado. Josep Solé, afirmó que "el usuario debe verlo como una inversión inicial que recuperará después fácilmente mediante el ahorro en el consumo energético de su vivienda".
Ventajas e inconvenientes
La nueva Directiva de Eficiencia Energética define como eficiencia energética de un edificio el consumo de energía que se estima necesario para satisfacer la demanda del edificio en unas condiciones normales de funcionamiento y ocupación.
Esta eficacia se determina de acuerdo con una metodología de cálculo y se expresa con indicadores energéticos (basados en las emisiones de CO2) mediante la etiqueta energética. Ésta deberá recoger la información referente a la tipología y el nombre del edificio, la localidad donde esté ubicado así como la zona climática a la que pertenece según establece el CTE, el uso del edificio, el consumo de energía anual, las emisiones de CO2 anuales, el procedimiento de certificación empleado, una referencia para distinguir si se trata de la calificación de eficiencia energética del proyecto o del edificio terminado y, finalmente, la validez de la etiqueta.