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Sobre la Directiva 2013/59/Euratom

Retos y oportunidades en el sector de la construcción a partir de la Directiva 2013/59/Euratom

Javier García Tobar, doctor ingeniero de Minas01/12/2016
En este artículo se destacan los aspectos más relevantes de la Directiva 2013/59/Euratom que afectan al sector de la construcción. En base a este análisis, se presentan los retos y oportunidades que pueden surgir en Europa como resultado de la próxima transposición de la directiva a la legislación nacional.

Introducción

El Tratado Euratom dispone el establecimiento de normas de seguridad uniformes para la protección sanitaria de los trabajadores y de la población. Se define las ‘normas básicas’ para la protección sanitaria de los trabajadores y de la población contra los riesgos que resulten de las radiaciones ionizantes. Estas normas básicas se deben actualizar para así recoger los nuevos conocimientos científicos y experiencias prácticas que en el 2007 se materializaron en la Publicación nº 103 de la Comisión Internacional de Protección Radiológica (en inglés, ICRP). En consecuencia y tras un prolongado periodo de reflexión, se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea del 17 de enero de 2014 la Directiva 2013/59/Euratom del Consejo que también se conoce por Directiva BSS (‘Basic Safety Standards’). El contenido de la directiva se clasifica en 10 capítulos, 109 artículos y 19 anexos. Los capítulos se titulan:

  • Capítulo I. Objeto y ámbito de aplicación.
  • Capítulo II. Definiciones.
  • Capítulo III. Sistema de protección radiológica.
  • Capítulo IV. Requisitos de educación, formación e información sobre protección radiológica.
  • Capítulo V. Justificación y control reglamentario de las prácticas.
  • Capítulo VI. Exposiciones ocupacionales.
  • Capítulo VII. Exposiciones médicas.
  • Capítulo VIII. Exposiciones poblacionales.
  • Capítulo IX. Responsabilidades generales de los Estados Miembros y de las autoridades competentes y otros requisitos de control reglamentario.
  • Capítulo X. Disposiciones finales
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La Directiva 2013/59/Euratom ha establecido normas de seguridad básicas para la protección de la salud de las personas sometidas a exposición ocupacional, médica y poblacional frente a los riesgos derivados de las radiaciones ionizantes. Se sigue el enfoque dado por la Publicación nº 103 sobre las situaciones de exposición (existentes, planificadas y de emergencia) y las categorías de exposición (ocupacional, poblacional y médica).

Esta directiva ha supuesto un punto de inflexión porque con su aprobación se ha derogado la Directiva 96/29/Euratom y las directivas complementarias 89/618/Euratom, 90/641/Euratom, 97/43/Euratom y 2003/122/Euratom. De hecho, la directiva tiene dos objetivos principales, el primero es la revisión de los requisitos establecidos en las normas BSS de la Directiva 96/29/Euratom y, precisamente, el segundo es la consolidación de la legislación existente en Europa sobre protección radiológica. La directiva reúne en un mismo documento normas relativas a la protección frente al radón en viviendas, edificios públicos y lugares de trabajo.

Debido al alcance tan amplio de la directiva y por el enfoque dado en este artículo, el estudio se centra en cómo afecta la directiva al sector de la construcción. En este trabajo se abordan algunos conceptos básicos y, entre otros, los art. 74 y 75 de la directiva. En base a este análisis, se presentan los retos y, en consecuencia, aquellas posibles oportunidades de negocio que pueden surgir en Europa ante la próxima transposición de la directiva.

2. Aspectos específicos

Se consideró conveniente que la presente Directiva estableciera niveles de referencia en recintos cerrados para las concentraciones de gas radón y para la exposición a la radiación gamma emitida por los materiales de construcción, y que también hubiera condiciones para el reciclado de residuos de las industrias que procesasen material radiactivo natural para así elaborar materiales de construcción. En esta sección se tratan algunos aspectos específicos de la directiva que afectan al sector de la construcción.

2.1 Conceptos

En la directiva se define material de construcción como “todo producto de construcción destinado a ser incorporado de forma permanente en un edificio o partes de él y cuyas características influyen en la exposición a las radiaciones ionizantes de los ocupantes del edificio”. Para completar la definición anterior es conveniente definir exposición como “la acción y efecto de someter a las personas a radiaciones ionizantes, bien procedentes del exterior del organismo (exposición externa) o interiores a él (exposición interna)”. En esta definición se distingue entre exposición externa e interna, que es fundamental para comprender la directiva y, en general, la protección radiológica (cuyos principios fundamentales son la justificación, optimización y limitación de la dosis). Por tanto, para que haya exposición tiene que haber material radiactivo, es decir; “material que contiene sustancias radiactivas”, siendo esto último “cualquier sustancia que contiene uno o más radionucleidos cuya actividad o concentración de actividad no pueda considerarse despreciable desde el punto de vista de la protección radiológica”.

Como se ha señalado, el artículo se centra en el sector de la construcción y, por esta razón, el ámbito de aplicación de la directiva en este marco se reduce a los siguientes apartados:

  • Art. 2a. “La fabricación, producción, tratamiento, manipulación, eliminación, utilización, almacenamiento, posesión, transporte, importación a la Comunidad y exportación a partir de ella de material radiactivo”.
  • Art 2c. “Las actividades humanas que conlleven la presencia de fuentes naturales de radiación que ocasionen un aumento significativo de la exposición de los trabajadores o de miembros de la población, en particular: ii) el procesamiento de materiales con radionucleidos naturales”.
  • Art. 2d. “La exposición de trabajadores o de miembros de la población al radón en recintos cerrados, la exposición externa a la radiación procedente de los materiales de construcción y los casos de exposición duradera como consecuencia de los efectos residuales de una emergencia o de una actividad humana pasada”.

2.2 Exposición al radón en recintos cerrados (art. 74)

El radón (222Rn) es un gas radiactivo de origen natural que se forma a partir del radio dentro de la cadena de desintegración del uranio. Este gas se acumula en el interior de las viviendas procedente del suelo, los materiales de construcción y también del sistema de abastecimiento de agua. Es un gas más pesado que el aire por lo que se suele acumular en los sótanos de los edificios, pero también puede estar presente en mayor o menor concentración en las plantas superiores de los edificios. Es necesario utilizar un sistema que permita detectar la presencia del radón, puesto que es un gas incoloro, inodoro e insípido.

El radón también está presente en el exterior de las viviendas, pero desde un punto de vista de protección radiológica el radón que interesa es aquél localizado en el interior de las viviendas y que, en determinadas condiciones de concentración y tiempo de exposición, es perjudicial para el ser humano. Según se establece en el art. 74, “los Estados miembros establecerán niveles nacionales de referencia para las concentraciones de radón en recintos cerrados”. Se indica que el nivel de referencia para el promedio anual de concentración de actividad en el aire no superarán los 300 Bq/m3. En base al plan de acción nacional (art. 103), “los Estados miembros fomentarán la adopción de medidas para identificar aquellas viviendas donde el promedio anual de concentraciones de radón supere el nivel de referencia y fomentarán, cuando proceda, la adopción de medidas para reducir la concentración de radón en dichas viviendas por medios técnicos o de otro tipo”. En relación con esto último, “los Estados miembros garantizarán que se facilite la información local y nacional relativa a la exposición al radón en recintos cerrados y a los riesgos asociados para la salud, así como sobre la importancia de efectuar medidas de radón y sobre los medios técnicos disponibles para reducir las concentraciones de radón existentes”.

2.3 Radiación gamma procedente de los materiales de construcción (art. 75)

En el art. 75 se establece que “el nivel de referencia que se aplicará a la exposición externa en recintos cerrados a radiación gamma procedente de los materiales de construcción adicionalmente a la exposición externa al aire libre, será de 1 mSv por año”. Los Estados miembros identifican aquellos materiales de construcción de interés desde el punto de vista de la protección radiológica, considerando la lista indicativa de materiales recogida en el anexo XIII en relación con la radiación gamma que emiten. Los materiales se clasifican en dos grupos: materiales naturales y materiales que incorporan residuos de industrias que procesan material radiactivo natural. El primer grupo de materiales se divide en esquisto aluminoso y materiales de construcción o aditivos de origen natural ígneo (por ejemplo: granitoides, pórfidos, toba, ceniza puzolánica y lava). El segundo grupo incluye cenizas volantes, fosfoyesos, escorias de fósforo, escoria de estaño, escoria de cobre, lodo rojo (residuo de la producción de aluminio) y residuos de la producción de acero.

Antes de la comercialización de los materiales, se debe:

  • Determinar las concentraciones de actividad de los radionucleidos especificados en el anexo VIII. En relación con los tipos identificados de materiales de construcción se determinarán las concentraciones de actividad de los radionucleidos principales Ra-226, Th-232 (o su producto de desintegración Ra-228) y K-40. Las concentraciones de actividad de materiales NORM en materiales de construcción varían según el tipo y origen del material en cuestión. Esta variabilidad queda patente en la siguiente tabla.
Tabla. Rangos de concentración de actividad en materiales comunes de construcción. Fuente: Haquin (2012)
Tabla. Rangos de concentración de actividad en materiales comunes de construcción. Fuente: Haquin (2012).

La clasificación radiológica de los materiales se realiza en función del índice de concentración de actividad que se expresa así:

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CRa-226, CTh-232 y CK-40 son las concentraciones de actividad en Bq/kg de los radionucleidos radio-226, torio-232 (o su producto de desintegración radio-228) y potasio-40, respectivamente.

El índice está relacionado con la dosis de radiación gamma en un edificio construido con un material específico, adicional a la dosis que se recibiría en una exposición típica al aire libre. El índice se aplica al material de construcción, no a sus componentes, excepto cuando dichos componentes son por sí mismos materiales de construcción y se evalúan de manera separada como tales. El índice del material tiene en cuenta en un único valor adimensional tanto la exposición externa como interna. Esto último porque una de las componentes es el 226Ra, que se obtiene a partir de los emisores gamma del radón y, en consecuencia, es la contribución más variable de las tres (radio, torio y potasio).

  • Facilitar a la autoridad competente, si ésta lo solicita, información sobre los resultados de las medidas y el correspondiente índice de concentración de actividad, así como sobre otros factores pertinentes, según lo definido en el anexo VIII. Si un material puede dar lugar a dosis superiores al citado nivel de referencia, los Estados miembros establecerán las medidas adecuadas, que “podrán abarcar desde requisitos específicos para los códigos de construcción pertinentes hasta restricciones al uso previsto de tales materiales”.

3. Retos y oportunidades

3.1 Retos

Los retos se pueden clasificar atendiendo al tipo de exposición del cual emanan, es decir; aquellos relativos al gas radón (exposición interna, art. 74) y a la radiación gamma (exposición externa, art. 75).

El reto sobre la exposición interna consiste en medir correctamente la concentración de radón en lugares cerrados y en interpretar correctamente los resultados. Para llevar a cabo con éxito este reto se debe seguir un procedimiento adecuado de medida. Dado que según la Organización Mundial de la Salud, el gas radón es, tras el tabaco, la segunda causa para contraer cáncer de pulmón, es obvio el interés de este reto.

En cuanto a la exposición externa, el reto consiste en seleccionar los materiales de construcción de interés y en realizar las medidas radiológicas de forma correcta. Como en el caso anterior, se debe seguir un procedimiento adecuado e interpretar correctamente los resultados, lo cual tiene cierta complejidad en espectrometría gamma. En este ámbito, es necesario resolver algunos problemas que pueden surgir, como por ejemplo, la medida por la técnica de espectrometría gamma en materiales de densidades altas.

3.2 Oportunidades

Para satisfacer los requisitos de la Directiva 2013/59/Euratom, entre otros aspectos, se requiere medir la concentración de radón en lugares cerrados (ver detector en figura), medidas dosimétricas (trabajadores de categoría A/B) y analizar por espectrometría gamma determinados materiales de construcción para así calcular su índice de concentración de actividad gamma.

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La medida de determinados parámetros radiológicos requiere el uso de equipos específicos ya sea electrónicos (activos) o pasivos, por lo que se promueve su desarrollo, comercialización (venta o alquiler), análisis de muestras (detectores pasivos) y servicios postventa (asesoramiento y mantenimiento). En función del tipo de equipo empleado podrá requerirse un mayor o menor asesoramiento en la materia. En especial, la técnica de espectrometría gamma debido a su complejidad requiere una correcta puesta a punto del sistema y de su operación. Esta oportunidad de negocio se dirige a empresas auxiliares del sector de la construcción, salvo que la empresa constructora en cuestión englobe dichos servicios.

Los productores de materiales (así como las empresas constructoras y de tratamiento de materiales NORM) pueden aprovechar el reto que supone la caracterización radiológica de sus materiales de construcción para así elaborar un catálogo de materiales aptos desde un punto de vista radiológico. En general, es lógico pensar que el material de construcción (natural o resultante de un procesado) podría incrementar su valor si se demuestran sus buenas propiedades radiológicas y se reconoce dicha ventaja por el mercado.

La investigación, pública o privada, en este campo se centra en la elaboración de tecnologías propias y patentes sobre materiales de construcción que exhalan poco radón o que suponen una barrera al avance del radón al interior del edificio. Este tipo de patentes están encaminadas a construir edificios radiológicamente sanos, lo cual puede suponer una ventaja competitiva con respecto a otros edificios.

La directiva afecta a los edificios ya construidos y a aquellos que se construyan en el futuro. En primer lugar, se podrán acometer mejoras en edificios construidos para así mitigar el nivel de radón en su interior. En segundo lugar, los edificios se deberán construir para que desde su diseño se asegure que el nivel de radón sea bajo (en comparación, con el límite de radón establecido). Esta directiva supondrá un beneficio para el sector de la construcción destinado a la reforma de edificios. En aquellas viviendas con niveles altos de radón se podrá reducir su concentración mediante actuaciones específicas. El nivel alto de radón puede deberse, entre otras razones, por situarse la vivienda en una zona pro-radón (en inglés, “radon-prone area”). También se está investigando en la actualidad si hay relación entre el nivel de radón de la vivienda y su eficiencia energética (mayor aislamiento).

4. Conclusiones

Con esta directiva se incentiva una actividad económica que afecta tanto a edificios ya construidos como aquellos de nueva construcción y teniendo presente este doble enfoque:

  1. Acción preventiva: diseñar viviendas saludables.
  2. Acción correctiva: reducir el nivel de radón o sustituir materiales no aptos desde un punto de vista radiológico.

Los requisitos que establece la directiva precisa para su cumplimiento el uso y mantenimiento de equipos de medida radiológica no habituales en el sector de la construcción. Resulta imprescindible el uso de estos equipos y su conocimiento para así poder caracterizar radiológicamente los materiales de construcción y el nivel de radón en lugares cerrados. A partir de esta tecnología se pueden crear nuevas líneas de materiales radiológicamente aptos conforme a la directiva. El uso de estos materiales en edificios (por ej., viviendas residenciales) puede suponer una ventaja competitiva de cara a su comercialización. Sin embargo, el uso de estos materiales debe estar conforme a un diseño adecuado de la construcción. Esto es debido porque la principal entrada de radón en un edificio ocurre por el suelo (en relación con la geología) mientras que la contribución por los materiales de construcción es secundaria.

Referencias

  • Directiva 2013/59/EURATOM del Consejo de 5 de diciembre de 2013 por la que se establecen normas de seguridad básicas para la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes, y se derogan las Directivas 89/618/Euratom, 90/641/Euratom, 96/29/Euratom, 97/43/Euratom y 2003/122/Euratom.
  • Haquin, G., 2012. Natural Radioactivity and Radon in Building Materials. Soreq Nuclear Research Centre. International Radiation Protection Association (IRPA).
  • ICRP, 2007. Publication nº 103: The 2007 Recommendations of the International Comission on Radiological Protection.
  • Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom) de 15 de marzo de 1957.

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