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Para alquilar o vender un inmueble se requiere ya tener en vigor el certificado energético

Cinco pasos para conseguir el certificado energético de una vivienda en construcción, venta o alquiler

Colegio de Aparejadores de Madrid18/06/2013
Desde el 1 de junio es obligatorio que cualquier contrato de compra-venta o arrendamiento (de un edificio o una unidad de éste) incluya el certificado energético, es decir, una 'etiqueta' que refleja el comportamiento energético del inmueble. Conseguir el certificado es sencillo… si sabes cómo, así que aquí resumimos el proceso en cinco pasos.
Interior de una vivienda en alquiler
Interior de una vivienda en alquiler.

1º Identifica a un técnico competente:

Las Comunidades Autónomas están obligadas a elaborar un registro de profesionales habilitados para hacer estas certificaciones. En cada Comunidad se ha definido un órgano competente para este asunto. En Madrid es la Dirección General de Industria, Energía y Minas. Consulta este registro para asegurarte de que tu certificación la realiza un técnico acreditado.

Los arquitectos técnicos o aparejadores son una de las profesiones habilitadas para efectuar estos certificados. En el Colegio de Aparejadores de Madrid podemos ponerte en contacto con profesionales cualificados, y si tienes cualquier duda, puedes consultarnos en nuestros servicios gratuitos de atención al ciudadano (ciudadanos@aparejadoresmadrid.es, o telefónicamente: 91 701 45 00).

2º Solicita presupuesto y concierta una cita con el técnico:

El precio del certificado es libre, lo que ha dado pie a ofertas de dudosa fiabilidad. Dado que el certificado incluye recomendaciones para mejorar la eficiencia, algunos están ofreciendo el certificado gratis a cambio de ejecutar después las obras de reforma que se recomiendan. En otros casos, hay ofertas que garantizan de antemano una certificación positiva, lo que atenta contra el rigor de esta etiqueta.

En cada Comunidad Autónoma se aplicará un sistema de control de los certificados, y si se identifican incoherencias, se comunicarán al propietario, que tendrá un plazo de subsanación o presentación de alegaciones antes de proceder, en su caso, a modificar la calificación.

Por tanto, no se fie de fórmulas dudosas, ya que no sólo se desvirtúa y banaliza el verdadero valor acreditativo del certificado, sino que además es posible que la certificación no sea exhaustiva y esté condicionada por la oferta.

Pide varios presupuestos y sugiere que visiten la vivienda o al menos conozcan sus características básicas. Como es obvio, el trabajo que conlleva analizar el rendimiento energético de una vivienda de 80 m2 no es el mismo que el de un chalet unifamiliar de 200 m2.

Fachada exterior de un edificio en venta
Fachada exterior de un edificio en venta.

3° Comunica tu certificado a tu Comunidad Autónoma:

Una vez el técnico que has contratado evalúa la vivienda y elabora el certificado, hay que comunicarlo al organismo competente en cada Comunidad Autónoma. Este certificado no tiene validez hasta que no es revisado por la Administración, que comprueba que la evaluación se ha ejecutado de forma correcta y la calificación de la vivienda es la adecuada. De ahí, la importancia de haber efectuado una calificación exhaustiva.

Esta comunicación implica a su vez unas tasas, definidas por cada Comunidad Autónoma. No es necesario que realices esta comunicación tú mismo, puede hacerlo otra persona por ti, o incluso encargarse de los trámites el propio técnico dentro de su paquete de servicios.

4º Recibe el número de registro:

En el plazo de unos dos días hábiles aproximadamente (dependerá de cada Comunidad Autónoma), obtendrás la etiqueta energética con el número de registro asignado, lo que significa que tu vivienda ya está certificada y registrada con la supervisión administrativa correspondiente.

Desde que esta norma entró en vigor, las Comunidades Autónomas están obligadas a crear un registro público con los inmuebles acreditados y su correspondiente calificación energética, a los que se les asigna un número de registro.

El certificado de eficiencia energética tendrá una validez máxima de diez años, siendo el propietario el responsable de su renovación. No obstante el propietario puede proceder voluntariamente a su actualización si hace una reforma o considera que existen variaciones en aspectos del edificio que puedan modificar su calificación energética.

Imagen

5º Incluye el certificado en los anuncios de venta o alquiler:

El Real Decreto establece que la etiqueta energética debe incluirse en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o alquiler. La normativa aún no ha concretado cómo, pero en cualquier caso este aspecto se incorpora a los criterios a tener en cuenta la hora de adquirir o alquilar el inmueble, ya que cuando se venda o alquile, el vendedor debe entregar el certificado al comprador o arrendatario.

Recuerda que la acreditación 'A' es la más alta, y va descendiendo sucesivamente hasta la calificación 'G', cuantificando estas letras unos indicadores de kilos de emisión de CO2 por cada metro cuadrado de edificio o parte de éste certificada, relacionados con las demandas o necesidades energéticas, y los rendimientos de los equipos e instalaciones.

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