La Junta de Extremadura concede subvenciones para actuaciones de ahorro y eficiencia energética en su territorio
El 9 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de Extremadura el Decreto 188/2016, de 29 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para el régimen de concesión de subvenciones para actuaciones de ahorro y eficiencia energética en Extremadura. Dentro de las actuaciones subvencionables se incluyen las actuaciones de rehabilitación y mejora de la envolvente térmica de los edificios.
Los potenciales beneficiarios de estas subvenciones son los municipios, entidades locales menores y los proveedores de servicios energéticos en Extremadura. La máxima ayuda será del 40% de la inversión subvencionable, con un importe máximo de la subvención de 180.000 €. Sin embargo, la inversión mínima subvencionable será de 3.000 €, incluido el IVA.
La información a presentar para conseguir la subvención incluye un proyecto en el que se deben indicar un resumen de cálculos de ahorro anual de energía primaria previsto en tep/año. Además de una reducción anual estimada de gases efecto invernadero prevista y una auditoría energética integral.
El objetivo de las actuaciones de ahorro y eficiencia energética van dirigidas a la reducción de los consumos energéticos en calefacción y/o refrigeración del edificio mediante la mejora de su aislamiento térmico, la sustitución de carpinterías y acristalamientos de los huecos, y la incorporación o la mejora de elementos de sombreamiento.
El ahorro energético mínimo sobre los consumos de calefacción y refrigeración del edificio deben de ser al menos del 10%. Este dato estará debidamente justificado en la auditoría energética previa.
Las actuaciones, junto con el cálculo del ahorro energético asociado a las mismas y el estudio de viabilidad económica para su implantación, deben haber sido identificadas en la auditoría que realizada con carácter previo.
Las exigencias mínimas de eficiencia energética que debe cumplir la envolvente térmica que se reforme, son las que figuran en Documento Básico de Ahorro de Energía DB-HE del Código Técnico de la Edificación. Estos requerimientos deben ser acreditados y/o justificados por el técnico competente en el proyecto y/o en la memoria técnica.