Nueva legislación europea para una utilización de aditivos más segura y transparente
15 de noviembre de 2011
Los dos reglamentos establecen dos nuevas listas. La primera se refiere a los aditivos en los productos alimenticios, y entrará en vigor en junio de 2013 (este periodo de gracia se considera necesario para permitir que la industria alimentaria de la Unión pueda adaptarse a las nuevas normas). Esta lista, que está disponible en una base de datos en línea (https://webgate.ec.europa.eu/sanco_foods/?sector=FAD), permitirá que los consumidores, los empresarios del sector y las autoridades de control puedan identificar fácilmente los aditivos que estén autorizados en cada alimento. La segunda lista trata de los aditivos en los ingredientes alimentarios (como otros aditivos, enzimas, aromas y nutrientes) y es de aplicación desde el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Establecer estas dos listas representa un paso importante en la aplicación del Reglamento (CE) nº 1333/2008, reglamento marco sobre aditivos alimentarios, que se adoptó en diciembre de 2008.
El objetivo: transparencia
En otras categorías, normalmente las de productos alimenticios muy transformados (como artículos de confitería, aperitivos, salsas y bebidas aromatizadas) se autoriza un gran número de aditivos. Asimismo, la lista de aditivos que podrán añadirse a otros aditivos, enzimas, aromas y nutrientes, garantizará también que la exposición a los aditivos a través de estos ingredientes siga siendo limitada.
¿Qué otros cambios introducen las nuevas disposiciones legislativas?
- Precisar bien las condiciones en las que los aditivos podrán añadirse a los alimentos;
- Categorizar los alimentos con los aditivos de manera clara en función de las categorías de alimentos a las que puedan añadirse;
- Crear un programa para volver a evaluar completamente la seguridad de todos los aditivos autorizados;
- Establecer directrices e instrucciones claras para quienes soliciten nuevas utilizaciones de aditivos alimentarios.
El Parlamento Europeo y el Consejo establecieron en su Reglamento marco de 2008 las condiciones generales de utilización de aditivos alimentarios, que siguen en vigor. Ese reglamento establece un marco general, los principios y los objetivos de la legislación específica sobre todos los aditivos. Exige que la utilización de los aditivos sea inocua, esté justificada tecnológicamente, no induzca a error al consumidor y le aporte ventajas y beneficios.
Nueva evaluación de los aditivos
Los colorantes alimentarios se sitúan en primer lugar en la lista de prioridades. Ya se ha procedido a la nueva evaluación de diecisiete colorantes. Para tres de ellos, la Comisión ha propuesto ya niveles de utilización revisados desde que la EFSA consideró que la exposición a los mismos puede ser potencialmente demasiado elevada para determinados grupos de consumidores.
Debido a los nuevos informes científicos, se ha dado mayor prioridad al edulcorante aspartamo, que volverá a evaluarse de aquí a septiembre de 2012.