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El Copa-Cogeca insta en mantener las especificidades de los diferentes sistemas aplicados al vino y a los productos alimentarios

18/06/2010

18 de junio de 2010

En el contexto de la planificación, por parte de la Comisión Europea, del futuro de la política comunitaria de calidad de los productos agrícolas, el Copa-Cogeca insta a la Comisión a garantizar el mantenimiento de las especificidades de los diferentes sistemas aplicados a los vinos, los vinos aromatizados, las bebidas espirituosas y los productos agrícolas. De lo contrario, la buena marcha de todo el sistema quedaría amenazada.

La Comisión Europea está preparando una propuesta para reformar la legislación comunitaria en materia de indicaciones geográficas y para simplificar los sistemas actuales de denominaciones de origen protegidas (DOP) y de indicaciones geográficas (IG), en el marco de su política de calidad. Una de las opciones que está analizando la Comisión Europea es la fusión de los sistemas para los vinos, los vinos aromatizados, las bebidas espirituosas y los productos agrícolas. La legislación en materia de DOP y de IGP tiene el objetivo de promover la calidad y de proteger las especialidades regionales, que cuentan con una reputación más que merecida, de los productos de imitación.

Sin embargo, el secretario general del Copa-Cogeca, Pekka Pesonen, ha señalado: “Instamos a la Comisión a garantizar el mantenimiento de las especificidades de los diversos sistemas, puesto que existen muchas diferencias entre los sistemas de indicaciones geográficas para el vino, las bebidas espirituosas y los productos agrícolas. La principal reside en que las definiciones de denominación de origen protegida (DOP) y de indicación geográfica protegida (IGP) son muy diferentes. Un vino IGP debe producirse dentro de la zona geográfica en cuestión y el 85% de las uvas debe también proceder de la misma zona. En virtud de la legislación horizontal, sólo uno de los siguientes procesos debe desarrollarse en la zona geográfica: la producción, la transformación o la preparación. Lo que es más, las normas que se aplican a las bebidas espirituosas están sólo cubiertas por la legislación en materia de IGP, pero no de DOP”.

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